Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 151 de la Ley Aduanera, en materia de circulación temporal de vehículos extranjeros., de 6 de Octubre de 2009

Gaceta Parlamentaria, año XII, número 2860-III, martes 6 de octubre de 2009 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2860-III, martes 6 de mes de 2009.

Iniciativas Q ue reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Fernando Morales Martínez y Juan Carlos Lastiri Quirós, del Grupo Parlamentario del PRI Q ue adiciona el artículo 17 Bis a la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del PAN Q ue reforma el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del PRD Q ue reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza Q ue reforma el artículo 3 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Agustín Torres Ibarrola, del Grupo Parlamentario del PAN Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Elsa María Martínez Peña, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza Q ue reforma los artículos 111 y 112 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Óscar Martín Arce Paniagua, Gabriela Cuevas Barrón y Jesús Ramírez Rangel, del Grupo Parlamentario del PAN Q ue reforma el artículo 151 de la Ley Aduanera, a cargo del diputado Roberto Pérez de Alva Blanco, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Iniciativas

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 39 DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, SUSCRITA POR LOS DIPUTADOS FERNANDO MORALES MARTÍNEZ Y JUAN CARLOS LASTIRI QUIRÓS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

Fernando Morales Martínez, Juan Carlos Lastiri Quirós, diputados a la LXI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás relativos, someten respetuosamente a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se reforma la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La protección civil es una de las prioridades que año con año se imponen en la agenda nacional. En efecto, es muy importante prepararnos contra todo tipo de fenómenos y de manera específica los que más daños humanos y económicos generan al país que son los hidrometeorológicos, a los que no estábamos acostumbrados y de los que, lamentablemente por el calentamiento global, ya nadie estamos exentos.

Debemos proteger las ciudades y comunidades de inundaciones; elaborar un programa nacional de infraestructura para la protección y reubicación de personas así como identificar puntos de deslizamiento de taludes y laderas, hundimientos de tierra, desborde de ríos y presas, no menos importante es la prevención del riesgo; que puede generar la reubicación de personas; identificar puntos de desplazamiento, y hundimientos de tierra, prevenir peligros por erupciones volcánicas, sequías y hambrunas ocasionadas por el cambio climático y el sobrecalentamiento del planeta. En los fenómenos mencionados muy poco nos detenemos a pensar que su frecuencia aumenta en forma cada vez más devastadora;

Pero aun más es el hecho de que en nuestro país que si bien tienen que ver con la seguridad pública también lo es que al margen de la protección civil, encontramos el rubro de agentes inotrópicos en el reglón referente al terrorismo y sabotaje.

El Estado tiene la obligación de proteger la vida, la libertad, las posesiones y derechos de todos los ciudadanos. De ahí se deriva la protección a la población frente a los peligros y riesgos de desórdenes o trastornos provenientes de elementos, agentes o fenómenos, naturales o humanos, que puedan dar lugar a desastres, con la trágica e irreparable pérdida de vidas humanas, la destrucción de bienes materiales, el daño a la naturaleza y la interrupción de la vida cotidiana.

En este marco surge el Sistema Nacional de Protección Civil que se origina a raíz de los sismos de 1985, cuando se crea la Comisión Nacional de Reconstrucción y se trabaja para resolver el grave problema de la consecuencia de esos fenómenos telúricos, por lo que en abril de 1986 presentan un documento al Ejecutivo federal, que sirve de base para el decreto Bases para el Establecimiento del Sistema Nacional de Protección Civil, siendo el órgano rector de la Secretaría de Gobernación, a través de la Subsecretaría de Protección Civil y el Centro Nacional de Prevención de Desastres, órgano desconcentrado dedicado a la investigación y capacitación en la materia, tanto para México como para Latinoamérica.

La propia Coordinación General de Protección Civil, dependiente de la Secretaría de Gobernación, considera de gran importancia y valor contar con una Comisión en la materia dentro del Poder Legislativo.

En las últimas décadas, si bien las pérdidas humanas provocadas por fenómenos naturales, particularmente los provocadas por los de carácter hidrometeorológicos han disminuido, no así las mermas económicas causadas por desastres naturales en México las cuales se han incrementado y, la sociedad en general se ha hecho más vulnerable a esos fenómenos. Es conocido que los más perjudicados por los desastres naturales o de otra índole suelen ser los estratos menos favorecidos económicamente y los grupos con alto grado de marginación en las diferentes regiones de nuestro país, ya que son quienes tienen menos recursos para hacerles frente.

La aplicación del desarrollo técnico-científico en las áreas productivas y de servicios para mejorar la calidad de vida de los habitantes de nuestro planeta, es ampliamente evidente y conforme pasa el tiempo, el número de satisfactores disponibles es cada vez mayor en cantidad y muy diverso en sus formas de aplicación.

Sin embargo, a pesar de dicha modernidad, existen dos temas pendientes y que están relacionados entre sí, siendo éstos el cuidado del medio ambiente y la protección civil. El cambio climático está provocando las condiciones para una nueva de-glaciación en el Hemisferio Norte; lo que junto con el calentamiento global genera mayores inundaciones en los continentes.

Los antecedentes históricos de la protección civil en México son resumidos de la siguiente manera. Antes de 1985, las actividades de protección civil se realizaban por el Ejército Mexicano a través del Plan DN-III-E, el cual sigue vigente.

En octubre de 1985 y ante el impacto de los graves sismos del 19 y 20 de septiembre se constituyó la Comisión Nacional de Reconstrucción, con 6 comités que ayudaron a establecer posteriormente el Sistema Nacional de Protección Civil.

En octubre de 1985 la Secretaría de Gobernación informó que con la finalidad de atender a la población ante desastres, cada entidad federativa tendrá un Comité de Prevención de Seguridad Civil.

En mayo de 1986 se aprobaron las bases para el establecimiento del Sistema Nacional de Protección Civil, teniendo como principal objetivo proteger a las personas y sus bienes ante la eventualidad de algún desastre natural o humano.

En 1988 el gobierno federal decide crear la Subsecretaría de Protección Civil y de Prevención y Readaptación Social.

En febrero de 1989, al expedirse el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, se indica en el artículo 2, que ésta tendrá una Subsecretaría Civil y de Prevención y Readaptación Social y una Dirección General de Protección Civil.

En mayo de 1990, por decreto presidencial, se crea el Consejo Nacional de Protección Civil, como órgano Consultivo de Coordinación de acciones y de participación social en la planeación de la protección civil.

En junio de 1995 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la constitución de los Comités Científicos Asesores del Sistema Nacional de Protección Civil, incluyendo a la Dirección General de Protección Civil y el Centro Nacional de Prevención de Desastres.

Lo anterior propició que en las diferentes entidades federativas se fueran creando las Unidades Estatales de Protección Civil, lo que, conjuntamente con los Consejos Estatales de Protección Civil y algunos Consejos Municipales de Protección Civil, conforman una estructura amplia pero todavía con limitaciones en su infraestructura para atender un desastre.

En mayo del 2000 se publica en el Diario Oficial de la Federación la actual Ley General de Protección Civil.

En junio de 2003 se establecieron las reformas que crearon el Fondo para la Prevención de Desastres Naturales, ordenamientos que también requieren ser actualizados. Como se observa la protección civil cruza horizontal y verticalmente las tareas de los tres órdenes de gobierno, lo que hace necesario una comisión que atienda, de seguimiento y, formule el marco jurídico necesario para una mejor política pública en materia de protección civil.

Es ilógico que a la fecha y ante el gran número de riegos ya presentados esta cámara de Diputados no cuenta, ni siquiera con una subcomisión que atienda y prevea leyes, que faciliten la utilización de recursos humanos y materiales para la prevención de cualquier tipo de emergencia o desastre.

Contenido de la iniciativa

Se propone crear la Comisión de Protección Civil como comisión ordinaria de esta Cámara de Diputados, por lo que se propone adicionar al artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de...

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