Aprueban dar prisión por fraude familiar

AutorFernando Merino

El Congreso aprobó hasta cinco años de prisión en contra de los concubinos que vendan o transfieran bienes patrimoniales sin previa autorización de su pareja, delito conocido como fraude familiar y que fue añadido ayer al Código Penal capitalino.

"A quien en perjuicio de la sociedad conyugal o patrimonio común generado durante el matrimonio o el concubinato, oculte, transfiera o adquiera a nombre de terceros bienes sin autorización expresa de su cónyuge o concubina o concubino, se le aplicará sanción de uno a cinco años de prisión y hasta trescientos días la Unidad de Medida y Actualización", se lee en el Artículo 232 Bis.

Aunque el dictamen fue avalado, hubo renuencia por parte de la Oposición, pues alegaron que tipificar el fraude familiar es un retroceso.

Diego Garrido, de Acción Nacional, advirtió que la reforma es una aberración jurídica y una ocurrencia que provocará que, en particular, las mujeres tengan que pedir permiso a sus parejas para...

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