Anexo de asignación y transferencia de recursos para el Programa de Registro e Identificación de Población, que para el ejercicio fiscal 2021 celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Michoacán de Ocampo.

Fecha de publicación22 Julio 2021
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
ANEXO de asignación y transferencia de recursos para el Programa de Registro e Identificación de Población, que para el ejercicio fiscal 2021 celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Michoacán de Ocampo
ANEXO de asignación y transferencia de recursos para el Programa de Registro e Identificación de Población, que para el ejercicio fiscal 2021 celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Michoacán de Ocampo. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.
ANEXO DE ASIGNACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RECURSOS PARA EL PROGRAMA DE REGISTRO E IDENTIFICACIÓN DE POBLACIÓN, QUE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021 CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN EN ADELANTE "GOBERNACIÓN", POR CONDUCTO DE ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ, SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, CON LA PARTICIPACIÓN DE ROCÍO JUANA GONZÁLEZ HIGUERA, JEFA DE LA UNIDAD DE POLÍTICA MIGRATORIA, REGISTRO E IDENTIDAD DE PERSONAS Y JORGE LEONEL WHEATLEY FERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO NACIONAL DE POBLACIÓN E IDENTIDAD; Y POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO EN ADELANTE "EL GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR ARMANDO HURTADO ARÉVALO, SECRETARIO DE GOBIERNO, CON LA PARTICIPACIÓN DE CARLOS MALDONADO MENDOZA, SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, DE FRANCISCO HUERGO MAURÍN, SECRETARIO DE CONTRALORÍA, CON LA ASISTENCIA DE TERESA RUIZ VALENCIA, DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL; A QUIENES AL ACTUAR CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
Con fecha 21 de noviembre de 2019, "LAS PARTES" suscribieron el Convenio de Coordinación para el Programa de Registro e Identificación de Población, el cual tiene el objeto de establecer los mecanismos de coordinación entre "LAS PARTES" para el Fortalecimiento del Registro Civil del Programa de Registro e Identificación de Población, al contribuir a la integración del Registro Nacional de Población y consolidación de la Base de Datos Nacional del Registro Civil, a través de la modernización y mejora de los servicios que brinda la institución registral en la entidad. Con ello, se obtiene información de manera confiable, homogénea y oportuna, que contribuye a acreditar fehacientemente la identidad de las personas y garantizar su registro inmediatamente después de su nacimiento.
Los Lineamientos de Operación del Programa Presupuestario E012 Registro e Identificación de Población, publicados en el Diario Oficial de la Federación, (en lo sucesivo DOF), el 11 de octubre de 2018; en los que establece en el numeral Octavo. Componentes, Apartado A. Fortalecimiento del Registro Civil, que se podrán asignar recursos a las entidades federativas para el desarrollo de las vertientes del componente Fortalecimiento del Registro Civil, mediante la suscripción de instrumentos jurídicos, con estricto apego a la normatividad que corresponda.
El Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021, publicado el 30 de noviembre de 2020, señala el Ramo 04 "GOBERNACIÓN" en el Anexo 18. Recursos para la Atención de Niñas, Niños y Adolescentes, la asignación presupuestal para el "Registro e Identificación de Población". "GOBERNACIÓN" integró el 21 de diciembre de 2020 el Comité de Asignación y Distribución de Recursos para el ejercicio fiscal 2021, conforme los Lineamientos de Operación del Programa Presupuestario E012 Registro e Identificación de Población.
DECLARACIONES
I. De "GOBERNACIÓN":
I.1 Es una dependencia de la Administración Pública Federal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (en lo sucesivo LOAPF) y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (en lo sucesivo RISEGOB).
I.2 Cuenta con facultades para operar el Servicio Nacional de Identificación Personal, de conformidad al artículo 27, fracción VI de la LOAPF.
I.3 La Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración es parte integrante de "GOBERNACIÓN", su titular, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez, cuenta con las atribuciones necesarias para participar en la suscripción del presente instrumento jurídico de conformidad a lo
establecido por los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracciones IX y XII del RISEGOB.
I.4 La Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas es una Unidad Administrativa dependiente de "GOBERNACIÓN", su titular, Rocío Juana González Higuera, cuenta con las atribuciones necesarias para participar en la suscripción del presente instrumento jurídico de conformidad a lo establecido por los artículos 2, Apartado B, fracción VII, 10, fracción V y 55 fracción XXXIV del RISEGOB.
I.5 La Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad en lo sucesivo DGRNPI, es una Unidad Administrativa dependiente de "GOBERNACIÓN", su titular, Jorge Leonel Wheatley Fernández, cuenta con las atribuciones necesarias para participar en la suscripción del presente instrumento jurídico de conformidad a lo establecido por los artículos 2, Apartado B, fracción XXIX, 10, fracción V y 58, fracciones I y IV del RISEGOB.
I.6 Cuenta con los recursos suficientes en la partida 43801 para hacer la asignación prevista en este instrumento, de conformidad con la suficiencia presupuestal número 314881
I.7 Para efectos legales del presente instrumento jurídico, señala como su domicilio el ubicado en la Calle de Bucareli, número 99, piso 1, Edificio Cobián, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06600, Ciudad de México.
II. De "EL GOBIERNO DEL ESTADO":
II.1 Es un Estado libre, independiente y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior, de conformidad con los artículos 40, 41, primer párrafo, 42, fracción I, 43 y 116, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 11 y 14 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo.
II.2 Armando Hurtado Arévalo, Secretario de Gobierno, cuenta con las atribuciones necesarias para participar en la suscripción del presente instrumento jurídico de conformidad a lo establecido por los artículos 62, 64 y 66 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 9, 11, 12, fracción I, 14, 17, fracción I, 18, fracciones I, XXXI y XL de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 6, fracción I, 11, fracciones XVIII y XIX, 18 del Reglamento Interior de la Administración Pública Centralizada del Estado de Michoacán de Ocampo; 3 y 4 de la Ley Orgánica del Registro Civil del Estado de Michoacán de Ocampo y 3 del Reglamento de la Ley Orgánica del Registro Civil del Estado de Michoacán de Ocampo.
II.3 Carlos Maldonado Mendoza, Secretario de Finanzas y Administración, cuenta con las atribuciones necesarias para participar en la suscripción del presente instrumento jurídico de conformidad a lo establecido por los artículos 62, 66 y 132 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 9, 11, 12, fracción I, 14, 17, fracción II y 19, fracciones V, XI, XXXIII y XLIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 6, fracción II, 11, fracciones XVIII y XIX y 39 del Reglamento Interior de la Administración Pública Centralizada del Estado de Michoacán de Ocampo; y 3 del Decreto que contiene el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Michoacán de Ocampo, para el ejercicio fiscal del Año 2021.
II.4 Francisco Huergo Maurín, Secretario de Contraloría, cuenta con las atribuciones necesarias para participar en la suscripción del presente instrumento jurídico de conformidad a lo establecido por los artículos 62 y 66 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 9, 11, 12, fracción, I, 14, 17, fracción III y 20, fracciones I, VII y XXXVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 6, fracción III, 11, fracciones XVIII y XIX y 77 del Reglamento Interior de la Administración Pública Centralizada del Estado de Michoacán de Ocampo.
II.5 La Dirección del Registro Civil, para efectos del presente instrumento jurídico es la Unidad Coordinadora Estatal (en lo sucesivo UCE), su Titular, Teresa Ruiz Valencia cuenta con las atribuciones necesarias para participar en la suscripción del presente instrumento jurídico de conformidad a lo establecido por los artículos 6, fracción I, Inciso B), numeral 3, 13, fracciones XX y XXI, 30,...

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