Agravios vs. IMSS

AutorMarvin Alfredo Gómez Ruiz/Sergio O. Esquerra Lupio
Cargo del AutorDoctor en materia fiscal, con posgrado en el Control Jurídico de la Actividad Económica del Estado por la Universidad de Salamanca, España/Abogado litigante y asesor jurídico con especialidades en defensa administrativa y fiscal, comercio exterior y seguridad social
Páginas151-189
CAPITULO IV
AGRAVIOS VS. IMSS
CONTENIDO
4.1. Ilegalidad porque los formatos preimpresos de la determina-
ción de cuotas obrero patronales por falta de pago, no estable-
cen en forma adecuada el origen de la diferencia. 4.2. Ilegalidad
por violación al artículo 12-A en su fracción I del Reglamento del
Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construc-
ción por Obra o Tiempo Determinado, así como por falta de apli-
cación de lo normado en su último párrafo en relación al plazo
de 90 días para ejercitar las facultades de comprobación sobre
la materia. 4.3. Ilegalidad por violación al artículo 12-A en su frac-
ción IV del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los
Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determina-
do, respecto del plazo de 90 días a partir de la entrega de infor-
mación, para resolver sobre incumplimiento de obligaciones en
la materia. 4.4. Ilegalidad por aplicación indebida del artículo 18
del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabaja-
dores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, a pe-
sar de que el patrón cumple con las obligaciones a su cargo. 4.5.
Ilegalidad en capitales constitutivos por no calcular el valor ac-
tuarial de la pensión con base en la reactividad y reingreso al tra-
bajo. 4.6. Ilegalidad en capitales constitutivos por no acreditarse
la existencia del diagnóstico y tratamiento previo. 4.7. Ilegalidad
del “Aviso mediante el cual se dan a conocer los costos de mano
de obra por metro cuadrado para la obra privada, así como los
factores (porcentajes) de mano de obra de los contratos regidos
por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las
Mismas para 2008”, y del “Aviso mediante el cual se dan a cono-
cer los costos de mano de obra por metro cuadrado para la obra
privada, así como los factores (porcentajes) de mano de obra de
los contratos regidos por la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas para 2009”, por incompetencia
material de la “Autoridad Institucional” emisora. 4.8. Ilegalidad
por Caducidad de facultades. 4.9. Ilegalidades de Cédulas de Li-
quidación de Cuotas Obrero Patronales por violación a los artícu-
los 38 fracción IV del Código Fiscal de la Federación, 14 y 16 de
Inconstitucionalidad del artículo 18 del Reglamento del Seguro
Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por
Obra o Tiempo Determinado por violación a los artículos 1o., 14 y
DEFENSA FISCAL DE VANGUARDIA 153
CAPITULO IV
AGRAVIOS VS. IMSS
4.1. ILEGALIDAD PORQUE LOS FORMATOS PREIMPRESOS
DE LA DETERMINACION DE CUOTAS OBRERO PATRO-
NALES POR FALTA DE PAGO, NO ESTABLECEN EN FOR-
MA ADECUADA EL ORIGEN DE LA DIFERENCIA
AGRAVIO. Es ilegal la resolución que con número de_____
________, y por ende la multa que le es fruto y consecuen-
cia, que en este acto se impugnan, al violar lo dispuesto
por el artículo 38, fracción IV del Código Fiscal Federal en
relación con los artículos 14 y 16 constitucionales.
Ello es así, puesto que la autoridad sustenta las determina-
ciones de las supuestas omisiones de cuotas precisamen-
te en diversos reingresos y modificaciones de salario de
diversos trabajadores, mismos que se niega lisa y llana-
mente hayan sucedido, ilegalidad que ya ha sido resuelta
favorablemente por esa Sala Regional del Centro I en el
expediente 47/09-08-01-1.
Efectivamente como esa Sala Fiscal lo podrá constatar, a
lo largo de las resoluciones impugnadas, en lo que la auto-
ridad denomina detalle de los trabajadores se asientan en
la parte izquierda de las mismas, las letras clave “MS” que
de acuerdo a última foja de cada resolución corresponde
a “Modificaciones de Salario.”
Es decir, que la autoridad demandada establece que las
diferencias devienen de diversas modificaciones de salario
de que fueron objeto los trabajadores, siendo ésta la prin-
cipal motivación de las cédulas.
Sin embargo, tal situación carece de sustento legal, pues
mi representada niega lisa y llanamente que existan física
y jurídicamente tales modificaciones de salario a que hace
alusión el Instituto Mexicano del Seguro Social, y en tal vir-
tud, es claro que las cédulas se encuentran indebidamente
motivadas, en transgresión al artículo 38, fracción IV del
Código Fiscal Federal, 14 y 16 constitucionales.

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