Acuerdo del Secretario de Desarrollo Agropecuario por el que se modifican las reglas de operación del programa de desarrollo social “Fomento Acuícola”

Página 2 29 de febrero de 2016
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROPECUARIO
SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROPECUARIO
FIDEICOMISO PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO DEL ESTADO DE MEXICO (FIDAGRO)
REGLAS DE OPERACIÓN 2016
DIRECCIÓN GENERAL PECUARIA
PROGRAMA FOMENTO ACUÍCOLA
M.V.Z. Heriberto Enrique Ortega Ramírez, Secretario de Desarrollo Agropecuario del Estado de México, con fundamento en
los artículos 6 fracciones I, VIII, XVII y 11 fracciones I, II y VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo
Agropecuario del Gobierno del Estado de México, así como los artículos 3 fracción XI, 5, 6, 10, 11, 17 fracción IV y 18 de la
Ley de Desarrollo Social del Estado de México; 6 fracción XI, 8 fracción III, 19 20, 21 y 26 del Reglamento de la Ley de
Desarrollo Social del Estado de México y Considerando
Que la política social del Gobierno del Estado de México, tiene como propósito procurar una mejor calidad de vida de los
hogares mexiquenses de manera integral enfocada a contribuir y proporcionar una adecuada alimentación y nutrición.
Que la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, es la encargada de promover y regular el desarrollo agrícola, ganadero,
pesquero e hidráulico y el fortalecimiento de la agroindustria; así como de coadyuvar en la atención de los problemas
agrarios y rurales en el Estado, la implementación de estrategias, y la canalización de recursos que favorezcan el nivel de
vida de los hogares en situación de pobreza multidimensional.
Que el Programa Fomento Acuícola tiene como propósito, promover el aprovechamiento integral de los embalses acuícolas
de la Entidad y fortalecer el apoyo a las unidades de producción acuícola ya establecidas.
Que mediante oficio número 21506A000/RO-015/2016, de fecha 29 de Enero de 2016, la Dirección General de Programas
Sociales, en términos de lo establecido en el artículo 23 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Estado de
México, emitió la autorización a las presentes modificaciones a las Reglas de Operación.
Que mediante oficio número 208F1A000/RESOL-034/2016 de fecha 10 de Febrero de 2016, la Comisión Estatal de Mejora
Regulatoria, con fundamento en lo dispuesto por la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios y su
Reglamento, emitió el dictamen respectivo de las presentes modificaciones a las reglas de operación; por lo que atento a lo
anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO DEL SECRETARIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE
OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL “FOMENTO ACUÍCOLA”, PARA QUEDAR COMO SIGUE:
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL FOMENTO ACUÍCOLA
1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1 DEFINICIÓN DEL PROGRAMA
El programa consiste en la producción y distribución de crías de diferentes especies acuícolas para su siembra, con el fin de
promover el aprovechamiento integral de los embalses acuícolas de la Entidad y fortalecer el apoyo a las Unidades de
Producción Acuícolas ya establecidas, logrando con ello favorecer la producción acuícola y mantener el liderazgo del Estado
como el primer productor entre las Entidades sin litoral.
1.2 DERECHO SOCIAL QUE ATIENDE
Derecho al trabajo, la alimentación segura y a la no discriminación.
2. GLOSARIO DE TÉRMINOS
Para efectos y aplicación de las presentes reglas, se entiende por:

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