Acuerdo de puesta a disposición, de la superficie correspondiente a 8,451-61-96.55 hectáreas del polígono 2 bis, de la reserva de la biosfera sian ka'an, del municipio felipe carrillo puerto en el estado de quintana roo, a favor de la comisión nacional de áreas naturales protegidas (conanp), a través del indaabin.

Número de expediente102/0003/170323
Fecha de registro17 Marzo 2023
EmisorSEDATU - Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano

DULCE MARÍA RODRÍGUEZ CERVANTES, Directora General de Ordenamiento de la Propiedad Rural en la Secretaria de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano, con fundamento en los artículos 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 158, 159 y demás aplicables de la Ley Agraria; 2 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo;4 y 63 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, 112 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural; 20 fracción V y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

A C U E R D O

VISTO el escrito presentado ante la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano el 5 de octubre de 2022 por la C. Yadira Gómez Hernández, en su carácter de Directora General de Operación Regional, por el que solicita la puesta a disposición del Polígono 2 bis identificado como Reserva de la Biosfera Sian Ka´an ubicados en el municipio de Felipe Carrillo Puerto en el estado de Quintana Roo.

RESULTANDO

  1. Que el 7 de octubre de 2022, la C. Yadira Gómez Hernández, en su carácter de Directora General de Operación Regional de la Comisión Nacional de Áreas Protegidas, presentó la solicitud de puesta a disposición del Polígono 2 bis identificados como Reserva de la Biosfera Sian Ka´an con una superficie aproximada de 8,451-61-96.55 hectáreas en el municipio de Felipe Carrillo Puerto en el estado de Quintana Roo.

  1. Que la C. Yadira Gómez Hernández en su carácter de Directora General de Operación Regional de la Comisión Nacional de Áreas Protegidas, agrego a su solicitud un plano identificado como Polígono 2 bis, con su respectivo cuadro de construcción con coordenadas UTM.

  1. Que el 20 de enero de 1986, se publicó en el Diario Oficial de la Federación un Decreto Presidencial, donde se declara la Reserva de la Biosfera Sian Ka´an como Área Natural Protegida.

  1. Que el Área Técnica de esta Dirección, a través de memorándum del 24 de agosto de 2022, informó que de la revisión realizada al plano adjunto a la solicitud de puesta de disposición, se detectó que el polígono identificado como Polígono 2 Bis, tiene una superficie aproximada de 8,451-61-96.55 hectáreas, que se sitúa en el municipio de Felipe Carrillo Puerto en el estado de Quintana Roo y el cual se localiza dentro de la Declaratoria Global de Terrenos Nacionales, con número de expediente 132871 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de octubre de 1973; mismo que se encuentra administrado por esta Secretaría de Estado en términos del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 158 de 159 de la Ley Agraria vigente.

  1. Que el Polígono 2 bis, comprendido en la declaratoria citada, cuenta con las siguientes coordenadas, colindancias y superficie:

a) Coordenadas UTM y superficie:

b) Colindancias:

Al Norte: Terreno Nacional.

Al Sur: Reserva de la Biosfera de Sian Ka´an, Polígono 2.

Al Este: Reserva de la Biosfera de Sian Ka´an, Polígono 3.

Al Oeste: Ejido Chunyaxche

C O N S I D E R A N D O

  1. Que la Dirección General de Ordenamiento de la Propiedad Rural de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial y Agrario de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, es competente para emitir el presente Acuerdo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 158, 159 y demás aplicables de la Ley Agraria; 2 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo;4 y 63 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, 112 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural; 20 fracción V y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

  1. Que el 20 de enero de 1986, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, Decreto Presidencial por el que se instruye establecer medidas preventivas que regulen el aprovechamiento integral y racional de los recursos naturales, así como realizar acciones orientadas a la conservación y enriquecimiento de los...

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