Acuerdo por el que se notifica a las autoridades judiciales y administrativas competentes, así como al público en general, el cambio de domicilio de la oficina de atención regional peninsular del instituto para devolver al pueblo lo robado

Número de expediente293/0003/100321
Fecha de registro10 Marzo 2021
EmisorINDEP - Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado
1 de 2
Insurgentes Sur 1931, colonia Guadalupe Inn, Álvaro Obregón, Ciudad de México, C.P. 01020.
Tel.: 55 1719 1600 www.gob.mx/indep
Acuerdo por el que se notifica a las autoridades judiciales y administrativas competentes, así
como al público en general, el cambio de domicilio de la Oficina de Atención Regional Peninsular
del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado
ERNESTO PRIETO ORTEGA
, Director General del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 90, párrafos primero y segundo, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, párrafos primero y tercero, 3, fracción I, y 45 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 11, 12, 14, fracción III, 15, fracción VII, y párrafo
segundo, 22, fracción I, y 59, fracciones I, V y XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 3
de la Relación de Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal, publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 14 de agosto de 2020; 4 de la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo; 33 del Código Civil Federal; 76 y 87, fracciones I, IV y XV, de la Ley Federal para la
Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, y 9, fracción XIX, del Estatuto Orgánico
del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, y
CONSIDERANDO
Que el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado es un organismo descentralizado de la
Administración Pública Federal, sectorizado a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que tiene
por objeto la administración, enajenación y destino de los bienes señalados en el artículo 1 de la Ley
de las atribuciones establecidas en el artículo 78 de la misma.
Que con el objeto de actualizar la nueva dirección de la Oficina de Atención Regional Peninsular
como domicilio oficial para la recepción de toda clase de notificaciones y documentos provenientes
de las autoridades judiciales y administrativas competentes, así como del público en general,
relacionados con los bienes, activos y empresas descritos en el art ículo 1 de la Ley que se señaló en
el Considerando anterior, se modifica el “Acuerdo por el que se definen las circunscripciones
territoriales de las Coordinaciones Regionales y de sus Oficinas de Atención Regional del Instituto
para Devolver al Pueblo lo Robado, y se determinan los domicilios y horario de O ficialías de Partes” ,
publicado en el en el Diario Oficial de la Federación el 27 de julio de 2020.
Acuerdo por el que se notifica a las autoridades judiciales y administrativas competentes, así
como al público en general, el cambio de domicilio de la Oficina de Atención Regional
Peninsular del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado
ÚNICO. Se modifica el inciso b de la fracción V del numeral cuarto del “Acuerdo por el que se definen
las circunscripciones territoriales de las Coordinaciones Regionales y de sus Oficinas de Atención
Regional del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, y se determinan los domicilios y horario de
Oficialías de Partes”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de julio de 2020, para quedar
como sigue:
CUARTO. []
I. a IV. []
V. []

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