Acuerdo por el que se emiten las disposiciones de carácter general relativas a la asunción por parte del Gobierno Federal de obligaciones de pago de pensiones y jubilaciones a cargo de la Comisión Federal de Electricidad

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EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Acuerdo 85/2016

DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL RELATIVAS A LA ASUNCIÓN POR PARTE DEL GOBIERNO FEDERAL DE OBLIGACIONES DE PAGO DE PENSIONES Y JUBILACIONES A CARGO DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD

JOSÉ ANTONIO MEADE KURIBREÑA, Secretario de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31, fracciones V, VI y XXIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Transitorio Cuarto, párrafos tercero y cuarto, del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley Federal de Deuda Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014; 1, fracción I, de la Ley Federal de Deuda Pública; 2, párrafo primero, de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, y 6, fracción XXXIV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y

CONSIDERANDO

Que el Transitorio Cuarto del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley Federal de Deuda Pública, publicado el 11 de agosto de 2014 en el Diario Oficial de la Federación (Decreto), establece que el Gobierno Federal podrá asumir una proporción de la obligación de pago a cargo de la Comisión Federal de Electricidad de las pensiones y jubilaciones reconocidas y registradas actuarialmente en sus estados financieros que correspondan a sus trabajadores que fueron contratados hasta el 18 de agosto de 2008, fecha en que la empresa suscribió con el sindicato un convenio para adoptar el esquema de cuentas individuales para los trabajadores de nuevo ingreso, conforme a las estipulaciones contractuales vigentes en esta última fecha;

Que conforme a dicha disposición, el Gobierno Federal podrá asumir una proporción de tal obligación siempre que, dentro del año siguiente a la entrada en vigor del Decreto, la Comisión Federal de Electricidad: 1) alcanzara un acuerdo para modificar el contrato colectivo de trabajo y el Manual de Trabajo de los Servidores Públicos de Mando de la Comisión Federal de Electricidad, aplicables en la empresa, y 2) implementara un Programa de Austeridad en el Gasto;

Que en términos del Transitorio Cuarto del Decreto, las modificaciones antes señaladas deberán: 1) conllevar en el mediano plazo a una reducción de las obligaciones de pago de las pensiones y jubilaciones de la empresa; 2) contemplar, al menos, que las pensiones o jubilaciones de los trabajadores de nuevo ingreso sean financiadas bajo esquemas de cuentas individuales que permitan la portabilidad de derechos con el Sistema de Ahorro para el Retiro; 3) establecer los mecanismos necesarios para que los trabajadores en activo contratados hasta el 18 de agosto de 2008, se adhieran de manera voluntaria a dichos esquemas de cuentas individuales, y 4) contemplar un ajuste gradual a los parámetros para determinar las pensiones de los trabajadores activos, incluyendo la edad de retiro, con objeto de reflejar el cambio en la esperanza de vida, con el objeto de ajustarla a los parámetros actualmente establecidos en los demás sistemas de pensiones y jubilaciones de las instituciones del Gobierno Federal;

Que, asimismo, se estableció como requisito que se realizara una auditoría específica por parte de la Auditoría Superior de la Federación, respecto del pasivo laboral de la Comisión Federal de Electricidad con el objeto de identificar las características de las obligaciones de pago de las pensiones y jubilaciones, y los determinantes de la evolución de las mismas;

Que con fecha 10 de octubre de 2016, el Director General de la Comisión Federal de Electricidad envió a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el oficio DG/077/2016, en el que comunica y explica los actos y acciones llevados a cabo por la empresa en términos del Decreto, así como las razones y fundamentos por los cuales estima se cumplieron los requisitos y alcanzaron los objetivos establecidos en el Transitorio Cuarto del Decreto, anexando al efecto la documentación comprobatoria correspondiente;

Que en el oficio referido en el considerando anterior, la Comisión Federal de Electricidad remitió un cálculo del monto de la reducción de la obligación de pago de las pensiones y jubilaciones a su cargo que resultó de las modificaciones realizadas al referido Contrato Colectivo de Trabajo, y al Manual...

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