ACUERDO Y DOCUMENTO QUE CONTIENE EL PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE POBLACIÓN DE MINATITLÁN, COLIMA.

Fecha de disposición03 Julio 2021
Fecha de publicación03 Julio 2021
Número de Gaceta53
SecciónAnexos
Colima
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE COLIMA
JOSÉ IGNACIO PERALTA
SÁNCHEZ
SECRETARIO GENERAL DE
GOBIERNO Y DIRECTOR DEL
PERIÓDICO OFICIAL
RUBÉN PÉREZ ANGUIANO
"2021, año de Griselda Álvarez Ponce de
León"
Las leyes, decretos y demás
disposiciones obligan y surten sus efectos
desde el día de su publicación en este
Periódico, salvo que las mismas
dispongan otra cosa.
www.periodicooficial.col.gob.mx
EL ESTADO DE COLIMA
PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
NÚM
53
SUPLEMENTO
NÚM. 8
EDICIÓN ORDINARIA
SÁBADO, 3 DE JULIO DE 2021
TOMO CVI
COLIMA, COLIMA 48 págs.
DEL GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
ACUERDO Y DOCUMENTO QUE CONTIENE EL PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE
POBLACIÓN DE MINATITLÁN, COLIMA. Pág. 3
EL ESTADO DE COLIMA
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SUMARIO
- 2 - EL ESTADO DE COLIMA
DEL GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
ACUERDO Y DOCUMENTO
QUE CONTIENE EL PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE POBLACIÓN DE
MINATITLÁN, COLIMA.
JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en
ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción IV, de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Colima, y con fundamento en lo previsto por el artículo 58, fracción XXXVII, del propio texto
constitucional y los numerales 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO.- Que mediante oficio número 02.181/2021, de fecha 01 de junio de 2021, recibido en la Secretaría General de
Gobierno el día 02 del citado mes y año, la Dirección General de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de
Infraestructura y Desarrollo Urbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo, la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno
Constitucional “El Estado de Colima”, del documento que contiene el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de
Población de Minatitlán, Colima.
SEGUNDO.- Que en sesión de Cabildo del H. Ayuntamiento de Minatitlán, Colima, celebrada el 28 de enero del 2021, se
aprobó el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Minatitlán, Colima, según Certificación del
Punto de Acuerdo del Acta de Cabildo expedida el 23 de marzo de 2021, por la Secretaría del citado Ayuntamiento, cuyo
original, así como, el expediente completo queda para resguardo en la Dirección General de Regulación y Ordenamiento
Urbano de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano.
TERCERO.- Que informa la Dirección General de Regulación y Ordenamiento Urbano, que la Secretaría de
Infraestructura y Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20,
fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado, dictaminó la congruencia del estudio que contiene el
Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Minatitlán, Colima, según consta en el documento que
contiene el Programa Parcial de Urbanización del cual solicita su publicación.
CUARTO.- Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales
correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional “El Estado de Colima”, el
documento que contiene el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Minatitlán, Colima, conforme
se asienta en los Considerandos anteriores.
En tal virtud, he tenido a bien expedir el siguiente:
A C U E R D O
ÚNICO.- Por haberse cumplido con las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación, en el Periódico
Oficial del Gobierno Constitucional “El Estado de Colima”, del documento que contiene el Programa de Desarrollo
Urbano del Centro de Población de Minatitlán, Colima, el cual fue aprobado en sesión de Cabildo celebrada el 28 de
enero de 2021.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno
Constitucional “El Estado de Colima”.
Por lo tanto, mando se imprima, publique, circule y observe.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, el 03 de junio de 2021.
A t e n t a m e n t e
“SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA
JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ
Firma.
EL ESTADO DE COLIMA - 3 -

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