Acuerdo por el que se delegan las facultades que se indican en el director general de administración del patrimonio inmobiliario federal del instituto de administración y avalúos de bienes nacionales.

Número de expediente05/0019/150217
Fecha de registro15 Febrero 2017
EmisorSHCP - Secretaría de Hacienda y Crédito Público
SORAYA PÉREZ MUNGUÍA, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes
Nacionales, Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 31 fracciones XXIX, XXX y XXXIII, de la Ley Orgánica
de la Administración Pública Federal; 29, fracción IV de la Ley General de Bienes Nacionales; 2o.
apartado D fracción VI y 98-C, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, así como los artículos 1, 3 fracción X, 6 fracción XXXIII y 11 fracciones I y V del
Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, ambos Reglamentos
adicionados mediante Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del
Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento del Instituto
de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 12 de enero de 2017;
CONSIDERANDO
Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que corresponde
originalmente a los titulares de las Secretarías de Estado el trámite y resolución de los asuntos de
su competencia y, que para la mejor organización del trabajo podrán delegar en los servidores
públicos subalternos cualquiera de sus facultades, excepto aquellas que por disposición de ley o
del reglamento interior respectivo, deban ser ejercidas precisamente por dichos titulares, mediante
la expedición de los acuerdos correspondientes;
Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal prevé que las Secretarías de Estado
podrán contar con órganos administrativos desconcentrados que les estarán jerárquicamente
subordinados;
Que el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, de acuerdo con los artículos
2o. apartado D fracción VI, 6o. fracción XXXV y 98-C del Reglamento Interior de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público y 1 de su propio Reglamento, es un órgano desconcentrado de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, creado para ejercer, entre otras atribuciones, la
planeación, política y administración de inmuebles federales, así como la vigilancia, control,
protección, adquisición, enajenación y afectación de inmuebles federales competencia de la
Secretaría;
Que la Ley General de Bienes Nacionales, establece que corresponde a esta Secretaría
determinar y conducir la política inmobiliaria de la Administración Pública Federal y declarar,
cuando ello sea preciso, que un bien determinado está sujeto al régimen de dominio público de la
Federación, por estar comprendido en algunas de las disposiciones de dicho ordenamiento;
Que entre las atribuciones que confiere a la suscrita el Reglamento del Instituto de
Administración y Avalúos de Bienes Nacionales se encuentran las de resolver entre otros asuntos
los relativos a las declaratorias de sujeción al régimen de dominio público de la Federación, así
como emitir las declaratorias correspondientes;
Que a través de la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación,
se otorga protección a aquellos inmuebles en control y administración de la Federación y que por
su utilidad o naturaleza requieren ser regulados por dicho régimen;
Que en atención a que la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario
Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, tiene a su cargo diversas
funciones en materia de planeación, política, administración y vigilancia de inmuebles federales,

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