Acuerdo por el que se crea el sistema de datos personales denominado, “Desarrollo de Emprendedores, para Impulsar la Creación de Productos Turísticos, Turismo de Barrio”

4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 26 de septiembre de 2019

ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES DENOMINADO "DESARROLLO DE EMPRENDEDORES, PARA IMPULSAR LA CREACIÓN DE PRODUCTOS TURÍSTICOS, TURISMO DE BARRIO", DE LA SECRETARÍA DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

CARLOS MACKINLAY GROHMANN, Secretario de Turismo de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 3 fracción XI, 11 fracción I, 16 fracción XIX, 20 y 42 fracción XVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; artículos 7 fracción XVIII, 20 fracción XI y 226 fracción IX y XI del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; artículos 36, 37, 38, 39 y 40 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México: y

CONSIDERANDO

I. De acuerdo a lo establecido en el Artículo 42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, la Secretaría de Turismo es la dependencia del Gobierno de la Ciudad de México responsable del despacho de las materias relativas al desarrollo y regulación de la actividad económica en el sector turismo en el ámbito de la Ciudad de México. Entre sus atribuciones más importantes, destaca la de establecer las políticas y los programas generales en materia de desarrollo, promoción y fomento turístico.

II. Que los artículos 1, 6 apartado A y 16 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y artículo 7, apartado D de la Constitución Política de la Ciudad de México; establecen como un derecho humano la protección de datos personales; asimismo, precisan que los titulares de los datos personales tienen derecho al acceso, rectificación, cancelación y oposición de los mismos, ante las autoridades que detentan la información.

III. Que los artículos 24 fracción XXIII y 186 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, señala que los Sujetos Obligados deberán asegurar la protección de los datos personales en su posesión con los niveles de seguridad adecuados previstos por la normatividad aplicable y que será información confidencial aquella que presenten los particulares a los sujetos obligados, siempre que tengan el derecho a ello, de conformidad con lo dispuesto por las leyes o los tratados internacionales.

IV. Que con fundamento en los artículos 36 y 37 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México; corresponde a los sujetos obligados, a través de su titular, la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales, lo cuales tienen como finalidad cumplir con la transparencia, responsabilidad y licitud en su tratamiento.

V. Que el artículo 7 fracciones II y X de la Ley de Turismo del Distrito Federal, establece que la Secretaría de Turismo tiene como atribuciones impulsar el fortalecimiento de la competitividad turística; asesorar a los prestadores de servicios turísticos en la constitución y organización de empresas y cooperativas turísticas, así como en la conformación e integración de cadenas productivas.

VI. Que con el fin de dar cumplimento a las disposiciones legales y administrativas involucradas para el correcto tratamiento de los datos personales de la población que ejerce su derecho de petición en esta Secretaría, he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES DENOMINADO "DESARROLLO DE EMPRENDEDORES, PARA IMPULSAR LA CREACIÓN DE PRODUCTOS TURÍSTICOS, TURISMO DE BARRIO", DE LA SECRETARÍA DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA QUEDAR COMO...

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