Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se da respuesta a la consulta formulada por la Dirección General de Planeación y Desarrollo Institucional de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México, relacionada con las conferencias de prensa de la Jefa de Gobierno de la citada ciudad.

Fecha de disposición10 Mayo 2021
Fecha de publicación10 Mayo 2021
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SecciónUNICA. Organismos Autonomos

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG392/2021.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE DA RESPUESTA A LA CONSULTA FORMULADA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO INSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, RELACIONADA CON LAS CONFERENCIAS DE PRENSA DE LA JEFA DE GOBIERNO DE LA CITADA CIUDAD

ANTECEDENTES

  1. Calendario del Proceso Electoral Federal 2020-2021. El veintiséis de agosto de dos mil veinte, en sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (en adelante Consejo General), se emitió el "Acuerdo [...] por el que se aprueba el plan integral y calendario del Proceso Electoral Federal 2020-2021, a propuesta de la Junta General Ejecutiva", identificado como INE/CG218/2020.

  2. Inicio del Proceso Electoral Federal 2020-2021. El siete de septiembre de dos mil veinte, en sesión extraordinaria del Consejo General, se inició el Proceso Electoral Federal 2020-2021, con la sesión que para el efecto celebró el referido cuerpo colegiado.

  3. Aprobación del Catálogo Nacional de Emisoras para procesos electorales 2020-2021. El veintinueve de septiembre de dos mil veinte, en la cuarta sesión ordinaria del Comité de Radio y Televisión (en adelante CRT), se aprobó el "Acuerdo [...] por el que se declara la vigencia del Marco Geográfico Electoral relativo a los mapas de cobertura, se aprueba el Catálogo Nacional de estaciones de radio y canales de televisión que participarán en la cobertura del Proceso Electoral Federal 2020-2021, de los Procesos Electorales Locales coincidentes con el Federal, así como del Periodo Ordinario durante 2021, y se actualiza el Catálogo de Concesionarios autorizados para transmitir en idiomas distintos al español y de aquellos que transmiten en lenguas indígenas nacionales que notifiquen el aviso de traducción a dichas lenguas", identificado como INE/ACRT/14/2020.

  4. Publicación del Catálogo Nacional de Emisoras. El siete de octubre de dos mil veinte, en sesión extraordinaria del Consejo General, se emitió el Acuerdo [...] por el que se ordena la publicación del catálogo de estaciones de radio y canales de televisión que participarán en la cobertura del Proceso Electoral Federal y los Procesos Electorales Locales coincidentes en 2020-2021, así como el periodo ordinario durante dos mil veintiuno, identificado con la clave INE/CG506/2020.

  5. Criterios para garantizar los principios de imparcialidad y equidad. El veintiuno de diciembre de dos mil veinte, en sesión extraordinaria del Consejo General, se emitió la "Resolución [...] mediante la cual se ejerce la facultad de atracción y se fijan los mecanismos y criterios tendentes a garantizar los principios de imparcialidad y equidad en los procesos electorales federal y locales 2020-2021", identificada con la clave INE/CG693/2020.

  6. Lineamientos para garantizar la equidad entre los participantes en la contienda electoral. El veintiuno de diciembre de dos mil veinte, en sesión extraordinaria del Consejo General, se emitió la "Resolución [...] por la que se aprueba ejercer la facultad de atracción, a efecto de emitir los Lineamientos para garantizar la equidad entre los participantes en la contienda electoral durante el Proceso Electoral Federal concurrente con los locales ordinarios 2020-2021", identificada con la clave INE/CG694/2020.

  7. Resolución sobre la aplicación de programas sociales conforme a los principios de imparcialidad. En sesión extraordinaria del Consejo General, celebrada el veintiuno de diciembre de dos mil veinte, se aprobó la "Resolución [...] mediante el cual se ejerce la facultad de atracción para fijar mecanismos y criterios sobre la aplicación de programas sociales conforme a los principios de imparcialidad en la aplicación de recursos públicos y equidad en la contienda en los procesos electorales federal y locales 2020-2021, identificado como INE/CG695/2020.

  8. Consulta de la Dirección General de Planeación y Desarrollo Institucional de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México. El catorce de abril de dos mil veintiuno, el Vocal Ejecutivo de la

    Junta Local Ejecutiva de la Ciudad de México remitió a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, el oficio SG/DGPDI/060/2021, del ocho de abril de abril del presente, mediante el cual el titular de la Dirección General de Planeación y Desarrollo Institucional de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México, solicitó que el mencionado Vocal Ejecutivo girara instrucciones a quien correspondiera a fin de conocer algunas cuestiones relacionadas con las conferencias de prensa de la Jefa de Gobierno de dicha ciudad.

    A dicha petición se adjuntó un oficio número SAF/CGCC/015/2021 dirigido al Director General de Planeación y Desarrollo Institucional de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México, del cinco de marzo de dos mil veintiuno, por parte del Encargado del Despacho de la Coordinación General de Comunicación Ciudadana de la Ciudad de México, mediante el cual le informó que fueron remitidos a la autoridad electoral los formularios de solicitud de excepción de la prohibición de difundir propaganda gubernamental durante las campañas electorales y hasta la Jornada Electoral, y le solicita que por su conducto, se consulte a este Instituto Nacional Electoral (en lo sucesivo INE) sobre las cuestiones materia del presente Acuerdo.

    CONSIDERACIONES

    Competencia del Instituto Nacional Electoral

    1. De conformidad con los artículos 41, Base V, Apartado A, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en adelante CPEUM); 29, numeral 1; 30, numeral 2 y 31, numeral 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (en adelante LGIPE), la organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Nacional Electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio; además, es independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño. Para el ejercicio de esa función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad y paridad son principios rectores y sus actividades se realizarán con perspectiva de género.

    2. El artículo 30, numeral 1, inciso a), b), d), e) y f) de la LGIPE señalan que dentro de los fines del INE se encuentran contribuir al desarrollo de la vida democrática, preservar el fortalecimiento del régimen de partidos políticos, asegurar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones, garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes de los poderes legislativo y ejecutivo de la unión, así como ejercer las funciones que la constitución le otorga en los Procesos Electorales Locales, y velar por la autenticidad y efectividad del sufragio.

    3. En igual sentido el INE es la autoridad única para la administración del tiempo que corresponda al Estado en radio y televisión destinado a sus propios fines y a los de otras autoridades electorales, así como al ejercicio de los derechos y las prerrogativas de los partidos políticos y candidaturas independientes de conformidad con los artículos 41, Base III, apartados A y B de la CPEUM; 30 numeral 1, inciso i); 160, numeral 1 de la LGIPE y 7, numeral 3 del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral (en adelante RRTME).

    4. Como lo señalan los artículos 1, numerales 1, 2 y 3; 2, numeral 1, incisos a), b) y c) de la LGIPE, sus disposiciones son de orden público y de observancia general en el territorio nacional, éstas son aplicables a las elecciones federales y locales, y las Constituciones y leyes locales se ajustarán a lo previsto en la CPEUM y en la LGIPE.

    5. Los artículos 162 de la LGIPE y 4, numeral 2 del RRTME disponen que el Instituto ejercerá sus facultades en materia de radio y televisión a través del Consejo General, de la Junta General Ejecutiva, de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, del CRT, de la Comisión de Quejas y Denuncias, así como de los Vocales Ejecutivos y Juntas Ejecutivas de los órganos desconcentrados locales y distritales.

      Competencia del Consejo General

    6. De conformidad con los artículos 34, numeral 1, inciso a); 35, numeral 1; 44, numeral 1, incisos ee), y jj) de la LGIPE, el Consejo General es el órgano superior de dirección del INE y es el responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, como lo

      es, ser autoridad única en la administración del tiempo del Estado para fines electorales, y de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad y paridad de género guíen todas las actividades del Instituto.

    7. Como lo señalan los artículos 3 y 6 de la Ley General de Comunicación Social (en adelante LGCS), el INE es un ente público que se encuentra obligado al cumplimiento de las disposiciones contenidas en dicha Ley. Además, la LGIPE podrá ser aplicada de manera supletoria, en lo conducente.

    8. De igual manera el artículo 21 de la LGCS señala que, durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales, y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión de toda campaña de comunicación social en los medios de comunicación, para lo cual deberá suspenderse en los medios de comunicación con cobertura geográfica y ubicación exclusivamente en la entidad federativa de que se trate, exceptuando de lo anterior:

  9. Las campañas de...

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