14 de septiembre de 1916. Reformas al Plan de Guadalupe

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Decreto de 14 de septiembre de 1916.
Reformas al Plan de Guadalupe
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Venustiano carranza, Primer Jefe del Ejército constitucionalista y
Encargado del Poder Ejecutivo de la República, en uso de las facul-
tades de que me hallo investido, y,
considerando:
Que en los artículos , y de las adiciones al Plan de Guadalupe,
decretados en la H. Veracruz, con fecha 12 de diciembre de 1914, se es-
tableció de un modo claro y preciso que al triunfo de la Revolución, re-
instalada la Suprema Jefatura en la ciudad de México y hechas las
elecciones de Ayuntamientos en la mayoría de los Estados de la Repúbli-
ca, el Primer Jefe del Ejército Constitucionalista y Encargado del Poder
Ejecutivo convocaría a elecciones para el Congreso de la Unión, fijando
las fechas y los términos en que dichas elecciones habrían de celebrarse;
que, instalado el Congreso de la Unión, el Primer Jefe daría cuenta del
uso que hubiere hecho de las facultades de que el mismo decreto lo in-
vistió, y le sometería especialmente las medidas expedidas y puestas en
vigor durante la lucha, a fin de que las ratifique, enmiende o complete; y
para que eleve a preceptos constitucionales, las que deban tener dicho
carácter; y, por último, que el mismo Congreso de la Unión expediría la
convocatoria correspondiente para la elección de Presidente de la Repú-
blica, y que, una vez efectuada ésta, el Primer Jefe de la nación entregaría
al electo el Poder Ejecutivo.

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