Sentencia y voto de minoría relativos a la Controversia Constitucional 57/2004, promovida por el Poder Ejecutivo Federal, en contra del Gobierno del Distrito Federal y de la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal

Fecha de disposición02 Febrero 2007
Fecha de publicación02 Febrero 2007
MateriaDerecho Constitucional
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
SecciónSEGUNDA. Poder Judicial

SENTENCIA y voto de minoría relativos a la Controversia Constitucional 57/2004, promovida por el Poder Ejecutivo Federal, en contra del Gobierno del Distrito Federal y de la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 57/2004.

ACTOR:

PODER EJECUTIVO FEDERAL.

MINISTRO PONENTE: JUAN DIAZ ROMERO.

SECRETARIA: LAURA GARCIA VELASCO.

México, Distrito Federal. Acuerdo del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al veintidós de noviembre de dos mil cinco.

VISTOS; Y

RESULTANDO:

PRIMERO.- Por oficio presentado el once de mayo de dos mil cuatro en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, Alberto Cárdenas Jiménez, quien se ostentó como Titular de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, en representación del Poder Ejecutivo Federal promovió controversia constitucional en la que demandó la invalidez del acto que más adelante se precisa, emitido por las autoridades que a continuación se señalan:

“II ENTIDADES DEMANDADAS:--- 1.- Gobierno del "Distrito Federal, con domicilio en Plaza de la "Constitución No. 2 y Pino Suárez, Centro "Histórico, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06068, "Distrito Federal.--- 2.- Secretaría del Medio "Ambiente del Gobierno del Distrito Federal, con "domicilio en Plaza de la Constitución No. 1 y Pino "Suárez, 3er. Piso, Centro Histórico, Delegación "Cuauhtémoc, C.P. 06068, Distrito Federal.--- IV.- LA "NORMA GENERAL O ACTO CUYA INVALIDEZ SE "DEMANDA:--- 1.- La NORMA AMBIENTAL DEL "DISTRITO FEDERAL NADF-003-AGUA-2002 QUE "ESTABLECE LAS CONDICIONES Y REQUISITOS "PARA LA RECARGA EN EL DISTRITO FEDERAL "POR INYECCION DIRECTA DE AGUA RESIDUAL "TRATADA AL ACUIFERO DE LA ZONA "METROPOLITANA DE LA CIUDAD DE MEXICO, "publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal "el 26 de marzo de 2004, y emitida por la Secretaría "del Medio Ambiente del Distrito Federal y el "Gobierno del Distrito Federal.

SEGUNDO.- Los antecedentes del caso narrados en la demanda, son los siguientes:

“1.- El 29 de diciembre de 1998 se publicó en la "Gaceta Oficial del Distrito Federal, la Ley Orgánica "de la Administración Pública del Distrito Federal, "misma que en sus artículos 1o., 15 fracción IV y 26 "dispone que:--- LEY ORGANICA DE LA "ADMINISTRACION PUBLICA DEL DISTRITO "FEDERAL--- ARTICULO 1.- Las disposiciones "contenidas en la presente Ley son de orden e "interés público y tienen por objeto establecer la "organización de la Administración Pública del "Distrito Federal, distribuir los negocios del orden "administrativo, y asignar las facultades para el "despacho de los mismos a cargo del Jefe de "Gobierno, de los órganos centrales, "desconcentrados y paraestatales, conforme a las "bases establecidas en la Constitución Política de "los Estados Unidos Mexicanos y en el Estatuto de "Gobierno.--- ARTICULO 15.- El Jefe de Gobierno "se auxiliará en el ejercicio de sus atribuciones, "que comprenden el estudio, planeación y "despacho de los negocios del orden "administrativo, en los términos de esta Ley, de las "siguientes dependencias:--- IV. Secretaría del "Medio Ambiente;--- ARTICULO 26.- A la "Secretaría del Medio Ambiente corresponde la "formulación, ejecución y evaluación de la política "del Distrito Federal en materia ambiental y de "recursos naturales.--- Específicamente cuenta con "las siguientes atribuciones: --- I. Aplicar y vigilar el "cumplimiento de las disposiciones de la Ley "Ambiental del Distrito Federal, así como de las "normas federales que incidan en el ámbito de "competencia del Distrito Federal; --- II. Formular, "ejecutar y evaluar el programa de protección al "ambiente del Distrito Federal;--- III. Establecer las "políticas a que deba sujetarse la preservación y "restauración del equilibrio ecológico, así como la "protección del ambiente en el Distrito Federal; --- "IV. Emitir los lineamientos de prevención y control "de la contaminación ambiental; --- V. Establecer "sistemas de verificación ambiental y monitoreo de "contaminantes; --- VI. Determinar y aplicar, en "coordinación con las demás autoridades "competentes, los programas y medidas para "prevenir y controlar contingencias y emergencias "ambientales; --- VII. Establecer, en coordinación "con la Secretaría de Obras y Servicios y la "Comisión de Aguas del Distrito Federal, las "políticas y normatividad, así como supervisar los "Programas de Ahorro, tratamiento y rehuso de "agua en el Distrito Federal; --- VIII. Regular y "fomentar, en coordinación con la Secretaría de "Obras y Servicios, las actividades de "minimización, recolección, tratamiento y "disposición final de desechos sólidos, establecer "los sitios destinados a la disposición final, "restaurar sitios contaminados, así como definir los "sistemas de reciclamiento y tratamiento de aguas "residuales y residuos sólidos; --- IX. Establecer los "lineamientos generales y coordinar las acciones "en materia de protección, conservación y "restauración de los recursos naturales, flora, "fauna, agua, aire, suelo, áreas naturales "protegidas y zonas de amortiguamiento; --- X. "Promover y fomentar el desarrollo y uso de "energías, tecnologías y combustibles alternativos, "así como la investigación ambiental; --- XI. Evaluar "y, en su caso, autorizar las manifestaciones de "impacto ambiental y estudios de riesgo en "términos de lo que establece la Ley Ambiental del "Distrito Federal; --- XII. Convenir con los "Gobiernos Federales, de las entidades federativas "y de los Municipios limítrofes, así como con los "particulares, la realización conjunta y coordinada "de acciones de protección ambiental; --- XIII. "Elaborar los programas y estrategias relacionadas "con el equilibrio ecológico y la protección al "ambiente; --- XIV. Establecer y promover políticas "para la educación y participación comunitaria, "social y privada, encaminadas a la preservación y "restauración de los recursos naturales y la "protección al ambiente; --- XV. Regular y controlar "las actividades ambientalmente riesgosas, de "conformidad con lo que establece la Ley "Ambiental del Distrito Federal; --- XVI. Realizar "actividades de vigilancia y verificación ambiental, "así como aplicar las sanciones previstas en las "disposiciones jurídicas de la materia, y --- XVII. "Formular, conducir y ejecutar las políticas "relativas a la flora y faunas silvestres que "correspondan al ámbito de competencia del "Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por "las leyes federales y locales en la materia y de "conformidad con los convenios que se suscriban "con la Federación; --- XVIII. Administrar, coordinar "y supervisar la operación y funcionamiento de los "zoológicos del Distrito Federal, como centros de "conservación, preservación y exhibición de flora y "fauna, con fines de investigación, educación, "recreación y esparcimiento para la población.--- "XIX. Las demás que le atribuyan expresamente las "leyes y reglamentos. .--- 2.- El 13 de enero de "2000, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito "Federal, la Ley Ambiental del Distrito Federal, "cuyos artículos 1o., 2o. fracción II, 5o. y 37 disponen "lo siguiente:--- ARTICULO 1o.- La presente Ley es "de orden público e interés social y tiene por "objeto: ... --- ARTICULO 2o.- Esta Ley se aplicará "en el territorio del Distrito Federal, en los "siguientes casos: ... II.- En la prevención y control "de la contaminación de las aguas localizadas en el "Distrito Federal, que de conformidad con el "párrafo quinto del artículo 27 constitucional no "son consideradas aguas nacionales, así como "tratándose de aguas nacionales que hayan sido "asignadas al Distrito Federal;--- ARTICULO 5o.- "Para los efectos de esta Ley, se estará a las "definiciones de conceptos que se contienen en la "Ley General del Equilibrio Ecológico y la "Protección al Ambiente, la Ley de Aguas "Nacionales, y la Ley Forestal, así como a las "siguientes: ... NORMAS AMBIENTALES PARA EL "DISTRITO FEDERAL: Las que emita la autoridad "competente en la materia, en función de las "atribuciones que esta Ley y otros ordenamientos "le confiere; --- NORMAS OFICIALES MEXICANAS: "Las normas oficiales mexicanas aplicables en "materia ambiental; --- ARTICULO 37.- Las normas "ambientales para el Distrito Federal podrán "determinar requisitos, condiciones, parámetros y "límites más estrictos que los previstos en las "Normas Oficiales Mexicanas y deberán referirse a "materias que sean competencia local.--- 3.- El 26 "de marzo del 2004, la Secretaría del Medio "Ambiente del Gobierno del Distrito Federal, "publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal "NORMA AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL "NADF-003-AGUA-2002 QUE ESTABLECE LAS "CONDICIONES Y REQUISITOS PARA LA "RECARGA EN EL DISTRITO FEDERAL POR "INYECCION DIRECTA DE AGUA RESIDUAL "TRATADA AL ACUIFERO DE LA ZONA "METROPOLITANA DE LA CIUDAD DE MEXICO, en "la que, sin competencia alguna, y en franca "invasión a la esfera de atribuciones de la "Federación, establece condiciones y requisitos "para la recarga por inyección de aguas residuales "a un CUERPO PROPIEDAD DE LA NACION, como "lo es el acuífero de la Zona Metropolitana del Valle "de México.--- La Secretaría del Medio Ambiente del "Gobierno del Distrito Federal y el Gobierno del "Distrito Federal, emitieron la Norma aludida, no "sólo invadiendo la esfera de atribuciones del "Ejecutivo Federal, sino en contravención a los "diversos ordenamientos legales que regulan a los "bienes propiedad de la Nación.

TERCERO.- Los conceptos de invalidez que hace valer el promovente, son los siguientes:

"UNICO.- VIOLACION A LOS ARTICULOS 27, "PARRAFOS QUINTO Y SEXTO; Y 73, FRACCION "XVII, DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS "ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.--- Con la emisión "de la Norma Ambiental del Distrito Federal NADF-"003-AGUA-2002, que establece las...

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