VersiÓN EstenogrÁFica de La IntervenciÓN Del Consejero Presidente Del

México D.F., a 19 de noviembre de 2014

VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN DEL CONSEJERO PRESIDENTE DEL INE, LORENZO CÓRDOVA VIANELLO, DURANTE EL PUNTO 2 DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO GENERAL, REFERENTE AL REGLAMENTO DE LA OFICIALÃiA ELECTORAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

Gracias, señor Secretario. Permítanme intervenir en esta primera ronda.

Señoras y señores consejeros y representantes, el reglamento que está a su consideración tiene por objeto normar el ejercicio de una de las nuevas atribuciones que la Constitución le confirió al Instituto Nacional Electoral.

Nuestra intención es que las peticiones que se hagan al INE para constatar directamente hechos o conductas que eventualmente alteren el desarrollo de un proceso electoral, se apeguen a procedimientos ciertos y se eviten solicitudes frívolas o infundadas.

Con base en la exposición de motivos que sustentó la Reforma Constitucional, el propósito de crear una Oficialía Electoral es que exista la posibilidad de que una autoridad constate oportunamente hechos o conductas que puedan constituir infracciones a las reglas del juego democrático.

Debido a que la función de Oficialía Electoral puede ejercerse en cualquier momento, ya sea a petición de parte o incluso de manera oficioso por los funcionarios del Instituto Nacional Electora, investidos de esta función, no debe dar el ejercicio de la misma lugar a incertidumbre ni a actos discrecionales de la autoridad electoral; menos aún, cuando es el Secretario Ejecutivo, como representante legal de la institución, en quien recayeron dichas funciones de acuerdo con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Por ello, desde mi perspectiva, las funciones de Oficialía Electoral deben ser ejercidas con criterios transparentes para que el resultado sea robusto jurídicamente y su ejercicio contribuya a la imparcialidad de las elecciones.

En este sentido, la intención del reglamento es regular que el ejercicio de la Oficialía Electoral realizada por el INE, se oriente a certificar dos aspectos:

Por un lado, el cumplimiento puntual de las reglas de la organización electoral y por otro, la realización de conductas que pudieran alterar la equidad en las contiendas.

Dicho de otra manera, el Reglamento de la Oficialía Electoral tiene por objeto verificar que la organización y desarrollo de los comicios garanticen el ejercicio libre del sufragio como derecho fundamental de los ciudadanos, característica fundante de un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR