Conozca los cambios que verificó el documento "Encargo conferido al agente aduanal para realizar operaciones de comercio exterior o la revocación del mismo"

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El artículo 59 de la LA establece las obligaciones que deben cumplir los importadores de mercancías; al respecto, tiene particular importancia el segundo párrafo de la fracción III de este artículo, conforme al cual, quienes importen mercancías a territorio nacional tienen obligación de entregar a la AGA el documento en el que conste el encargo conferido al o a los agentes aduanales para realizar sus operaciones de comercio exterior.

En este sentido, la regla 2.6.17 de las RCGMCE para 2008-2009 dispone diversos cambios para expedir y presentar el documento "Encargo conferido al agente aduanal para realizar operaciones de comercio exterior o la revocación del mismo", del que en esta ocasión se analizan los preceptos legales que regulan dicho documento.

Base legal del encargo conferido al agente aduanal

El artículo 59 de la LA señala de manera detallada ciertas obligaciones que deben cumplir los importadores de mercancías (sin perjuicio de las demás obligaciones que deban cumplir conforme a las disposiciones legales fiscales y aduaneras). De estas obligaciones, la prevista en el segundo párrafo de la fracción III tiene particular importancia, debido a que indica la obligación de expedir el documento de encargo conferido al agente aduanal.

Este documento tiene su origen en la inquietud y necesidad de la SHCP de limitar la actuación de los agentes aduanales, debido al incremento de los "contrabandos documentados", que consisten en operaciones de importación en las que el agente aduanal tramita operaciones a nombre y en representación de un determinado importador, que nunca le encargó el despacho aduanero de mercancías.

Un ejemplo es el siguiente:

  1. La empresa "La Lima de Oro, SA de CV" está constituida conforme a las leyes de nuestro país; su objeto social es la importación, comercialización y venta de limas de acero, originarias de Estados Unidos.

  2. Las limas de acero originarias de China están sujetas al pago de cuotas compensatorias; por tanto, cuando se importen limas de acero que sean originarias de un país diferente se deberá anexar al pedimento de importación el certificado de origen que acredite que su origen es diferente de China.

  3. El 2 de febrero de 2008 se importaron a territorio nacional por la aduana de Reynosa, Tamps., limas de acero transportadas en dos camiones, amparadas con el pedimento de importación X, debidamente tramitado ante la aduana y en el que aparece como importador la empresa "La Lima de Oro, SA de CV".

  4. El 19 de febrero de 2008 llegó a las bodegas de la empresa "La Lima de Oro, SA de CV" un camión con limas de acero amparadas con el pedimento X.

  5. Cuando la empresa revisa dicha mercancía, así como los documentos que la amparan (pedimento X) se percata de que no tramitó esa operación de importación; sin embargo, en el pedimento que le entregó el transportista aparece su nombre como importador y su domicilio fiscal.

  6. La empresa avisa a la AGA de que tiene en su...

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