¿Los comprobantes fiscales con fecha de vigencia vencida pueden seguir utilizándose después de esa fecha?

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Trabajo como contador de una persona moral del régimen general de la Ley del ISR que se dedica a la comercialización de materiales para la construcción. En mayo de 2008 la compañía mandó imprimir 5,000 facturas con requisitos fiscales con fecha de vigencia al 20 de mayo de 2010; de esos comprobantes todavía no se han utilizado cerca de 1,000. Es de mi conocimiento que el CFF indica que los comprobantes impresos en establecimientos autorizados deben ser utilizados en un plazo máximo de dos años, pero este plazo podrá prorrogarse cuando se cubran los requisitos que al efecto señale la autoridad fiscal de acuerdo con reglas de carácter general que al efecto se expidan; sé que las reglas referidas no se han emitido y, considerando que a partir de 2011 los comprobantes fiscales ya no serán impresos sino que serán digitales, no sé si la empresa podría seguir utilizando esos comprobantes hasta el 31 de diciembre de este año, aunque su vigencia esté vencida, pues mandar a imprimir más comprobantes sería oneroso para la compañía.

Lector de Monterrey, Nuevo León

Pregunta

¿Los comprobantes fiscales con fecha de vigencia vencida pueden seguir utilizándose después de esa fecha?

Respuesta

El artículo 29-A, segundo párrafo, del CFF estipula lo siguiente (énfasis añadido):

29-A......................

Los comprobantes autorizados por el Servicio de Administración Tributaria deberán ser utilizados por el contribuyente, en un plazo máximo de dos años, dicho plazo podrá prorrogarse cuando se cubran los requisitos que al efecto señale la autoridad fiscal de acuerdo a reglas de carácter general que al efecto se expidan. La fecha de vigencia deberá aparecer impresa en cada comprobante. Transcurrido dicho plazo se considerará que el comprobante quedará sin efectos para las deducciones o acreditamientos previstos en las Leyes fiscales.

Como se aprecia, los comprobantes impresos en establecimientos autorizados deben ser utilizados por el contribuyente en un plazo máximo de dos años, el cual podrá prorrogarse cuando se cubran los requisitos que al efecto señale la autoridad fiscal de acuerdo con reglas de carácter general que al efecto se expidan.

Es de destacar que las reglas o los requisitos referidos no se han emitido a la fecha de cierre de esta edición; portal motivo, existen dos opiniones con respecto a si los comprobantes fiscales con fecha de vigencia vencida pueden seguir utilizándose después de esa fecha, a saber:

  1. La primera de ellas señala que debido a...

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