Universidad Popular Autónoma de Veracruz Estatuto Org÷nico de la Upav

UNIVERSIDAD POPULAR AUTÓNOMA DE VERACRUZ

REGLAMENTO GENERAL DE TITULACIÓN

diciembre 2011.

INDICE

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO II

DE LAS OPCIONES Y MODALIDADES DE TITULACIÓN

CAPÍTULO III LOS MIEMBROS DEL JURADO
CAPÍTULO IV

DEL EXAMEN PROFESIONAL PARA LA OBTENCION DE GRADO

CAPÍTULO V

DEL TÉCNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO

TRANSITORIOS
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 36
Artículo 1

Con fundamento en la ley 276 del Estado de Veracruz que crea la Universidad Popular Autónoma de Veracruz, publicada en la Gaceta Oficial del Estado en el número extraordinario 236, con fecha 1 de agosto del año 2011, se elabora el presente reglamento general de titulación para Técnico Superior Universitario y la obtención de grado en los niveles de licenciatura, especialidad, maestría y doctorado en los programas que ofrece esta Universidad; así como el reconocimiento de programas posdoctorales.

Artículo 2 El presente reglamento general de titulación establece las normas, disposiciones y procedimientos académicoadministrativos que se aplicarán para otorgar los reconocimientos y grados mencionados en el artículo anterior, a los egresados de los diferentes planes y programas de estudio que ofrece la Universidad.
Artículo 3 Es atribución del Rector de la Universidad dirigir las políticas académicoadministrativas, así como, realizar reestructuraciones necesarias al presente reglamento.
Artículo 4 Es competencia de las direcciones generales de Carreras Técnicas y Capacitación para el Trabajo, Educación Superior y Posgrado por conducto de la Subdirección de Titulación tramitar los títulos profesionales ante la autoridad competente.
Artículo 5 Para efectos legales se reconoce como alumno con pasantía a quien haya: I

Cumplido los requisitos de ingreso a la Universidad. II. cursado y aprobado las asignaturas de los planes de estudio. III. cubierto en su totalidad las cuotas de recuperación correspondientes.

Artículo 6 Es requisito obligatorio para la presentación de examen profesional, haber cubierto y liberado el servicio social, en estricto apego al reglamento general del mismo.
Artículo 7 Para solicitar examen profesional es requisito obligatorio que el alumno entregue a la Subdirección de Titulación los siguientes documentos en original y dos copias.
  1. Constancia de liberación de servicio social; II. Certificado original de estudios de licenciatura completo; III. Certificado original de bachillerato; IV. Certificado original de secundaria; V. Constancia de no adeudo de cuotas de recuperación; VI. Acta de nacimiento original; VII. 6 fotografías tamaño título ovaladas, en blanco y negro, en papel mate.

  2. 6 fotografías tamaño diploma ovaladas, en blanco y negro, en papel mate. IX. 6 fotografías tamaño infantil, en blanco y negro, con fondo blanco, en papel mate con retoque de frente.

  3. Un ejemplar del documento de recepción impreso a color empastado (de los ocho solicitados) o la constancia de promedio de excelencia;

  4. Pago de cuota de recuperación por concepto de titulación.

Artículo 8 Es atribución de la Subdirección de Titulación, autorizar la presentación de examen profesional, previa revisión del expediente académico del alumno y procedimientos administrativos que para efecto se señalen.
Artículo 9 Es obligación del alumno que haya aprobado el examen profesional, recoger el título correspondiente en la Subdirección de Titulación de la Dirección de Educación Superior dependiente del Universidad Popular Autónoma de Veracruz, cuando se le notifique.
Artículo 10 El trámite para obtener la cedula profesional será opcional para el egresado: el hacerlo personalmente ante la Dirección General de Profesiones; o a través de la Universidad, cubriendo la cuota de recuperación correspondiente.
CAPÍTULO II Artículos 11 a 18

OPCIONES Y MODALIDADES DE TITULACIÓN

De las Licenciaturas

Artículo 11 El egresado podrá obtener el grado de licenciatura de manera automática, al haber aprobado el cien por ciento de los créditos del programa de estudios con un promedio mínimo de 9.0; quien no cumpla con este requisito podrá optar por lo siguiente:
  1. Titulación por estudios de posgrado habiendo concluido una especialidad o haber cubierto el 51% de créditos de una maestría o de un doctorado, en una institución pública o privada;

  2. Elaboración y defensa de un documento de recepción. III. Examen general de conocimientos. IV. Cualquier otra opción autorizada por el Consejo TécnicoAcadémico de la Universidad.

Artículo 12 El alumno que opte por el documento de recepción deberá aprobar el examen...

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