Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, 1 de Septiembre de 2000 (Tesis num. III.2o.T.19 L de Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, 01-09-2000 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.2o.T.19 L
Fecha de publicación01 Septiembre 2000
Fecha01 Septiembre 2000
Número de registro191229
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

El artículo 692, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo, establece la posibilidad de que la persona física como lo es el trabajador, acuda al juicio otorgando carta poder y así, el que comparezca, actuará como su apoderado; además, que los requisitos serán que la firme el otorgante ante dos testigos. De lo anterior se aprecia que no es indispensable, para la eficacia del documento, que se precise el nombre de la persona, sea física o moral a la que se va a demandar. Consecuentemente, basta que en la misma se diga que se otorga la representación a persona determinada, para que ésta promueva el juicio y reclamaciones a que haya lugar, para que con ello se entienda que la demanda que se formule pueda comprender a cualquier persona.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.

Amparo directo 646/99. A.O.T.. 8 de junio de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: E.R.O...

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