Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito, 1 de Noviembre de 2002 (Tesis num. XXIII.3o.6 P de Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito, 01-11-2002 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | XXIII.3o.6 P |
Fecha de publicación | 01 Noviembre 2002 |
Fecha | 01 Noviembre 2002 |
Número de registro | 185587 |
Materia | Derecho Penal,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Penal |
De conformidad con el sistema reglamentado por el Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes, la situación jurídica del acusado se traduce en el conjunto de normas que condicionan y rigen la restricción de su libertad, ya sea con motivo de la aprehensión, la detención, la prisión preventiva o la pena. Ahora bien, la orden de reaprehensión derivada de la revocación de la libertad caucional, por su finalidad, constituye una medida de apremio encaminada a romper la contumacia del acusado que incumple con las obligaciones que le fueron impuestas al momento de otorgársele ese beneficio, mas no produce ninguna situación jurídica procesal concreta, en tanto que ésta, como ya se dijo, se rige por las normas jurídicas relativas a cada uno de los cuatro casos de que se ha hablado. Bajo tales premisas, cuando en el juicio de amparo se reclama la orden de reaprehensión girada como consecuencia de la revocación de la libertad caucional previamente otorgada, el dictado posterior del auto de formal prisión no impide analizar la constitucionalidad de aquélla, pues si bien dicho auto coloca al inculpado en una nueva situación jurídica, en cuanto especifica y define los hechos que se le imputan, ambas resoluciones guardan autonomía entre sí, ya que el auto de bien preso no nulifica, sustituye, ni hace cesar los motivos por los cuales se emitió la determinación que revoca el beneficio caucional y ordena la reaprehensión, por lo que esta última permanece incólume...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 22-09-2004 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 118/2002-PS)
...Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XVI, noviembre de 2002 Tesis: XXIII.3o.6 P Página: "CAMBIO DE SITUACIÓN JURÍDICA PREVISTO "POR EL ARTÍCULO 73, FRACCIÓN X, DE LA LEY "DE AMPARO. NO LO IMPLICA RESPECTO A LA "ORDEN D......
-
Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 1 de Julio de 2003 (Tesis num. VIII.3o.11 P de Tercer Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 01-07-2003 (Tesis Aisladas))
...Secretaria: M. del P.A.G.. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., noviembre de 2002, página 1120, tesis XXIII.3o.6 P, de rubro: "CAMBIO DE SITUACIÓN JURÍDICA PREVISTO POR EL ARTÍCULO 73, FRACCIÓN X, DE LA LEY DE AMPARO. NO LO IMPLICA RESPECTO A LA ORDEN ......
-
Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito, 15 de Mayo de 2007 (Tesis num. 79 de Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito (Tesis Aisladas))
...Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., noviembre de 2002, página 1120, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis XXIII.3o.6 P. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 118/2002-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 93/2004, que ......