Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito, 1 de Octubre de 2009 (Tesis num. XVII.1o.C.T.53 C de Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito, 01-10-2009 (Tesis Aisladas))

Número de registro166124
Número de resoluciónXVII.1o.C.T.53 C
Fecha de publicación01 Octubre 2009
Fecha01 Octubre 2009
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Octubre de 2009; Pág. 1589
MateriaCivil

El juicio de garantías es un medio extraordinario de defensa que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a favor de los gobernados, que se rige, entre otros principios, por el de definitividad, de conformidad con los artículos 107, fracción IV, de la Carta Magna y 73, fracción XV, de la Ley de Amparo, pero esto es así cuando existe un recurso legal expresamente determinado; sin embargo, no puede considerarse a las medidas de apremio, contempladas en el artículo 110 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua, como recursos o medios de defensa, pues no satisfacen los requisitos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido para estimarlos de esa manera, al no contar con un determinado procedimiento para su resolución ni tener como finalidad u objeto modificar, revocar o anular una determinación, sino fundamentalmente lograr que las resoluciones de las autoridades se acaten. Así, cuando se reclama la negativa del Registro Público de la Propiedad de inscribir una...

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