Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, 1 de Agosto de 2004 (Tesis num. VII.3o.C.43 C de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, 01-08-2004 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVII.3o.C.43 C
Fecha de publicación01 Agosto 2004
Fecha01 Agosto 2004
Número de registro180876
MateriaDerecho Procesal,Civil

El artículo 2539 del Código Civil para el Estado establece, en lo conducente, que el que presta y quien recibe o aprovecha los servicios profesionales, pueden fijar, de común acuerdo, retribución debida por ellos; por su parte, el diverso numeral 2540 de ese mismo ordenamiento legal, dispone que cuando no hubiere habido convenio, los honorarios se regularán atendiendo justamente a la costumbre del lugar, a la importancia de los trabajos prestados, a la del asunto o caso en que se prestaren, a las facultades pecuniarias del que recibe el servicio y a la reputación profesional que tenga adquirida el que lo ha prestado, y que si los servicios prestados estuvieren regulados por arancel, éste servirá de norma para fijar el importe de los honorarios reclamados. A su vez, el artículo 1o. de la ley del arancel para el Estado de Veracruz señala, en lo que interesa, que los honorarios de los abogados postulantes podrán fijarse por acuerdo entre el que presta los servicios y quien los recibe o aprovecha, y el diverso numeral 2o. indica que a falta de acuerdo o convenio entre los interesados o cuando los honorarios hayan de ser pagados por la parte perdidosa, se aplicarán las disposiciones de ese arancel. De la interpretación armónica y sistemática de los preceptos aludidos se desprende que el monto de los honorarios se regula conforme al convenio, por lo que basta la exhibición de éste para tener por demostrado el monto que el profesional tiene derecho a cobrar, empero, de no existir tal convenio, y en caso de que el servicio profesional se encuentre regulado en la ley del arancel, el artículo 2540 del código sustantivo en cita no impone al accionante la carga de probar, en el juicio, qué cantidad debe retribuírsele por la prestación de sus servicios, sino que remite a...

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