Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, 1 de Septiembre de 2002 (Tesis num. IV.3o.T.31 P de Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, 01-09-2002 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIV.3o.T.31 P
Fecha de publicación01 Septiembre 2002
Fecha01 Septiembre 2002
Número de registro185931
MateriaDerecho Penal,Derecho Procesal,Penal

Es cierto que la fe de la existencia de la droga y el dictamen de la misma son elementos probatorios que por su naturaleza se hallan encaminados a demostrar la corporeidad del delito, pero ello no soslaya el hecho de que esos propios elementos puedan constituir un indicio de la plena responsabilidad de los sentenciados e integrar la prueba indiciaria. Para considerarlo así, basta tener en cuenta que al dar fe de la existencia de la droga el agente del Ministerio Público Federal y al dictaminarse parcialmente su peso y cantidad se corrobora indiciariamente cuál fue aquella que les fue recogida a los detenidos. Ese indicio, derivado de esas pruebas, lo avala el artículo 285 del Código Federal de Procedimientos Penales, al establecer que con independencia de la confesión y de los documentos públicos, todos los demás elementos de prueba constituyen "indicios". De ahí que si la propia ley le confiere el valor de un indicio a esas pruebas, no puede...

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