Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, 1 de Diciembre de 2004 (Tesis num. III.2o.P.134 P de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, 01-12-2004 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.2o.P.134 P
Fecha de publicación01 Diciembre 2004
Fecha01 Diciembre 2004
Número de registro180001
MateriaDerecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Penal

En tratándose de un juicio de amparo indirecto en el que se reclama una orden de aprehensión, si en el procedimiento judicial en que ésta se emitió, durante la tramitación del juicio constitucional se dictó auto de formal prisión contra el quejoso, con relación a los mismos hechos que motivaron la emisión del mandamiento de captura, es inconcuso que este nuevo acto guarda estrecha vinculación con el mandamiento de captura reclamado inicialmente, toda vez que fue dictado por la misma autoridad ordenadora que la señalada en la ampliación de demanda, en la misma causa criminal; dicha vinculación se hace patente, además, con la circunstancia de que el dictado de la formal prisión tiene el efecto de propiciar el sobreseimiento del juicio de amparo promovido contra la orden de aprehensión, por cambio de situación jurídica, en términos de lo dispuesto por el artículo 73, fracción X, de la Ley de Amparo. Por lo anterior, al proceder la ampliación de la demanda de amparo cuando la parte quejosa, por cualquier medio, tenga conocimiento de actos de autoridad vinculados con los reclamados en el libelo constitucional, es inconcuso que la citada ampliación en la que se reclama la formal prisión debe admitirse, siempre y cuando no se hubiera celebrado la audiencia constitucional.

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