Tesis Aislada, Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Diciembre de 2009 (Tesis num. I.9o.C.38 K de Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-12-2009 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.9o.C.38 K
Fecha de publicación01 Diciembre 2009
Fecha01 Diciembre 2009
Número de registro165655
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Diciembre de 2009; Pág. 1656
MateriaComún

Si la falta de emplazamiento del tercero no le impide al Juez celebrar la audiencia incidental, éste, una vez emplazado al juicio de garantías, o cuando tenga conocimiento de la existencia del juicio de amparo, puede recurrir la resolución que concede la suspensión definitiva, en tanto le perjudique, pues no ha sido oído. En ese sentido, si en las constancias del cuaderno incidental no obra alguna que permita considerar que el tercero perjudicado ha sido debidamente emplazado al juicio constitucional o que se hubiera apersonado al mismo, o que se le hubiera notificado personalmente la resolución de la suspensión provisional, es incorrecto que para el cómputo de la interposición del recurso de revisión en contra de la suspensión definitiva, se tome en cuenta la notificación por lista de esta resolución, precisamente porque se coartaría el derecho del tercero perjudicado de inconformarse con lo resuelto en la audiencia incidental.


NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Reclamación 7/2009. J.L.H.. 6...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR