Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Julio de 2009 (Tesis num. I.6o.T.409 L de Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-07-2009 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | I.6o.T.409 L |
Fecha de publicación | 01 Julio 2009 |
Fecha | 01 Julio 2009 |
Número de registro | 166893 |
Localizador | 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Julio de 2009; Pág. 2015 |
Materia | Laboral,Derecho Laboral y Seguridad Social |
Para el otorgamiento de la pensión jubilatoria el artículo 82, fracción I, del Reglamento de Trabajo del Personal de Confianza de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios dispone que el trabajador debe acreditar los siguientes requisitos: 1) 25 (veinticinco) años de servicios; y, 2) 55 (cincuenta y cinco) años de edad, es decir, dichos requisitos se constriñen a la acumulación del tiempo efectivo de servicios y la realización de un hecho generador, consistente en la edad del trabajador-beneficiario, y basta que éstos sean cumplidos durante la vigencia de la relación laboral, o cuando el trabajador esté en activo, o bien, al momento de la conclusión del vínculo de trabajo, para que se le otorgue la aludida pensión. En esta tesitura, si la conclusión de la relación laboral se...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 08-03-2023 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS) 334/2022)
...del Reglamento de Trabajo del Personal de Confianza de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios5. Dicha ejecutoria dio origen a la tesis I.6o.T.409 L6, de rubro y texto: “PENSIÓN JUBILATORIA DE LOS TRABAJADORES DE CONFIANZA DE PETRÓLEOS MEXICANOS. LOS REQUISITOS DE AÑOS DE SERVICIOS Y ......