Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, 1 de Octubre de 2008 (Tesis num. IV.3o.A.104 A de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, 01-10-2008 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIV.3o.A.104 A
Fecha de publicación01 Octubre 2008
Fecha01 Octubre 2008
Número de registro168685
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Administrativa

Las S. del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en términos del artículo 50 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, están obligadas a pronunciarse sobre las pretensiones del actor que se deduzcan de la demanda o de su ampliación, así como respecto de las defensas que haga valer la demandada en su escrito de contestación a la demanda y en el de ampliación a aquél, pues de lo contrario se dejaría en estado de indefensión a alguna de las partes respecto de las argumentaciones que fueron expuestas y pruebas aportadas por su contraria. En esa tesitura, el derecho a ampliar la demanda por parte del actor constituye una formalidad esencial del procedimiento en el juicio contencioso administrativo, que permite lograr una adecuada impartición de justicia, por lo que las indicadas S. se encuentran obligadas a permitir al actor ejercer dicha prerrogativa, mediante el otorgamiento del plazo de veinte días a que hace referencia el ya referido numeral 17 de la citada ley, de actualizarse los supuestos de procedencia contenidos en él, contados a partir del día siguiente a aquel en que surta sus efectos la...

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