Tesis Aislada, Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 1 de Septiembre de 2007 (Tesis num. I.9o.P.65 P de Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-09-2007 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Septiembre 2007
Fecha01 Septiembre 2007
Número de registro171492
MateriaDerecho Penal

Si bien es cierto que entre las intenciones que motivaron la expedición del Código Penal para el Distrito Federal se encuentran los principios que sustentan un derecho penal de acto, también lo es que los criterios que contempla esa legislación para individualizar las penas, lo mismo que en el ámbito federal, no corresponden en su integridad a un esquema de culpabilidad de acto, sino a un sistema híbrido en el que cobran importancia para graduarla, datos reveladores de la personalidad del infractor de la ley. Se afirma lo anterior, toda vez que para la adecuada aplicación de las penas, el último párrafo del artículo 72 del citado código prevé que el Juez debe requerir los dictámenes periciales tendientes a conocer la personalidad del autor del delito, como serían, entre otros, el estudio en criminología. Así las cosas, no es legalmente posible sostener lo contrario aplicando, por analogía, el argumento de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación establecido en la jurisprudencia por contradicción 1a./J. 166/2005, visible en el Semanario Judicial de la Federación y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR