Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Noviembre de 1995 (Tesis num. I.1o.C.9 C de Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-11-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.1o.C.9 C
Fecha de publicación01 Noviembre 1995
Fecha01 Noviembre 1995
Número de registro203720
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Civil

El amparo indirecto es procedente, cuando la resolución reclamada se hace consistir en la admisión de una prueba consistente en la realización de estudios socioeconómicos del quejoso, ya que constituye un acto dentro de juicio de ejecución irreparable, en tanto que afecta de modo inmediato derechos sustantivos, a saber, los derivados de la inviolabilidad del domicilio, ya que a través de tal acto se obliga al quejoso a permitir el acceso al interior del mismo a una persona (trabajadora social), con la consecuencia de que se afecten sus derechos a la vida privada, a la intimidad y a la tranquilidad del hogar, lo cual evidentemente representa un acto de molestia a uno de los derechos fundamentales del gobernado garantizados por el artículo 16 constitucional, es decir la inviolabilidad del domicilio como prolongación a la libertad individual.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Queja 48/95. A.F.H. y otra. 24 de octubre de 1995. Unanimidad de votos...

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