Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Febrero de 1995 (Tesis num. VI.1o.110 P de Primer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-02-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.1o.110 P
Fecha de publicación01 Febrero 1995
Fecha01 Febrero 1995
Número de registro208821
MateriaDerecho Penal,Penal

La compra de un automóvil, a sabiendas de que es robado, no puede encuadrarse dentro del delito de robo equiparado pues estando contemplada esa conducta expresamente en el artículo 375 del Código de Defensa Social para el Estado de Puebla, debe entenderse excluida del diverso 376 cuyas hipótesis deben considerarse referidas a bienes diversos a los vehículos especificados, esto es, se trata de dos figuras que, a pesar de tener semejanza, en realidad son distintas, tan es así que el legislador las contempló en numerales diferentes como distintas son las sanciones que...

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