Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Febrero de 1995 (Tesis num. VI.1o.63 C de Primer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-02-1995 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | VI.1o.63 C |
Fecha de publicación | 01 Febrero 1995 |
Fecha | 01 Febrero 1995 |
Número de registro | 208846 |
Materia | Derecho Procesal,Civil |
La sentencia se ocupará exclusivamente de las acciones deducidas y de las excepciones opuestas en la demanda y en la contestación, estando impedido el juez para fallar excediéndose de la litis establecida en ambos actos procesales, pero ello de ninguna manera quiere decir que en la aplicación de los artículos 478 y 479 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tlaxcala pueda extenderse más allá de lo que constituye la materia del juicio; esto es, si ante varias acciones sólo por una se admitió la demanda, el juzgador deberá examinar los planteamientos relativos a esa acción y a las excepciones opuestas que se refieran a ella sin que le sea dado analizar los planteamientos de ambas partes relacionados con las acciones por las que no fue admitida la demanda.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Amparo directo 396/87. F.I.M.P.. 7 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: C.G.R.C.. Secretario: H.V.S..
Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 71/2004-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Sentencia N° 349-2021 de la Sala 5, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2021
...272/85, Octava Parte. Registro digital: 208846 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Octava Época Materias(s): Civil Tesis: VI.1o.63 C Fuente: Semanario Judicial de la Federación. Tomo 2, Febrero de 1995, página 552 Tipo: Aislada SENTENCIAS CIVILES. SOLO DEBEN OCUPARSE DE AQUELLAS AC......
-
Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala
..."Octava Época "Instancia: Tribunales Colegiados Circuito "Fuente: Semanario Judicial de la Federación "Tomo: XV-II, febrero de 1995 "Tesis: VI.1o.63 C "Página: 552 "SENTENCIAS CIVILES. SÓLO DEBEN OCUPARSE DE AQUELLAS ACCIONES COMPRENDIDAS EN EL AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA (LEGISLACIÓN DEL ......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 20-10-2004 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 71/2004-PS)
..."Octava Época "Instancia: Tribunales Colegiados Circuito. "Fuente: Semanario Judicial de la Federación "Tomo: XV-II, febrero de 1995 "Tesis: VI.1o.63 C "Página: 552. "SENTENCIAS CIVILES. SÓLO DEBEN OCUPARSE "DE AQUELLAS ACCIONES COMPRENDIDAS EN "EL AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA. "(LEGISLACIÓ......