Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Abril de 1999 (Tesis num. I.4o.A.299 A de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-04-1999 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.4o.A.299 A
Fecha de publicación01 Abril 1999
Fecha01 Abril 1999
Número de registro194205
MateriaAdministrativa

Los conceptos "jurídico" y "legítimo" tienen gramaticalmente el mismo contenido, según la Enciclopedia del Idioma de M.A.; por legítimo se tiene "a lo que es conforme a las leyes" y jurídico tiene un significado de lo que se hace "con apego a lo dispuesto por la ley"; E. señala que legítimo es "lo que es conforme a las leyes, lo que está introducido, confirmado o comprobado por alguna ley" y de jurídico dice que es "lo que está o se hace según forma de juicio o de derecho". Se admite que no son las definiciones gramaticales la única base con la que cuenta el Juez para decir el derecho, las palabras que forman parte de una disposición legal deben interpretarse y aplicarse acordes al contexto de esa norma jurídica, y es en ese contexto que este tribunal no encuentra diferencia, aparte de la semántica entre una palabra y otra; cabe precisar que los artículos 33 y 71, fracción V, de la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal ya derogada, aludían a la necesaria existencia de un interés jurídico para acudir al juicio ante dicho tribunal y que el juicio sería improcedente contra actos que no afectaran el "interés jurídico" del actor; en tanto que la ley vigente hace referencia a un "interés legítimo" lo que nos lleva a afirmar que basta que se consideren afectados quienes acuden al juicio para que éste sea procedente.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 3784/97. Asociación Civil de Colonos del F.C.d.B...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
    • México
    • Segunda Sala
    • January 1, 2003
    ...devuélvanse los autos a la S. de su origen y, en su oportunidad, archívese el expediente." Dicha ejecutoria originó la tesis aislada número I.4o.A.299 A, consultable en la página 555 del Tomo IX, abril de 1999, del citado Semanario Judicial, cuyos rubro y texto se transcriben a "'INTERÉS LE......
1 artículos doctrinales
  • El interés legítimo como elemento de la acción de amparo
    • México
    • Isonomía Núm. 38, Abril 2013
    • April 1, 2013
    ...que los artículos 33 y 71, fracción V, de la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal ya de-8Tesis aislada I4o.A. 299 A, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo ix, Abril de 1999, p. ISONOMÍA No. 38, abril 20......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR