Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Enero de 2002 (Tesis num. I.7o.A.147 A de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-01-2002 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | I.7o.A.147 A |
Fecha de publicación | 01 Enero 2002 |
Fecha | 01 Enero 2002 |
Número de registro | 187956 |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social,Administrativa |
La fracción VIII del precepto normativo en cita establece que el pago de indemnizaciones por despido o terminación de la relación laboral debe considerarse como una erogación destinada a remunerar el trabajo personal subordinado para efectos del impuesto sobre nóminas. Ahora bien, ese tipo de erogaciones tiene su origen en la existencia del trabajo personal subordinado que se presta al empleador mientras subsiste el vínculo laboral, sin que influya en esta concepción la existencia de la separación del trabajo en forma injustificada, pues es precisamente esta causa la que otorga derecho al trabajador para demandar su reinstalación o la indemnización correspondiente, conforme a los artículos 123, apartado A, fracción XXII, de la Constitución Federal y 48 de la Ley Federal del Trabajo. De ese modo, en la primera hipótesis descrita, la existencia de la relación de trabajo continuará y, en el segundo caso, si bien no se da la continuidad señalada, lo cierto es que con la declaración realizada por la autoridad laboral competente sobre el despido injustificado, se pone de manifiesto que no existió ruptura legítima de ese vínculo de trabajo y, por esa razón, el patrón debe pagar la indemnización respectiva demandada por su trabajador; en consecuencia, el supuesto previsto en la fracción...
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Marco jurídico constitucional
...de Tesis: Aislada Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Libro 43, Junio de 2017, Tomo IV Materia(s): Administrativa Tesis: I.7o.A.147 A (10a.) Página: 2938 MEDIDAS CAUTELARES OTORGADAS EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. SURTEN EFECTOS MIENTRAS NO SE DIC-TE RES......