Tesis Aislada, Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Abril de 2005 (Tesis num. I.10o.A.47 A de Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-04-2005 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.10o.A.47 A
Fecha de publicación01 Abril 2005
Fecha01 Abril 2005
Número de registro178701
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Administrativa

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis P./J. 38/2002, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., agosto de 2002, página 5, de rubro: "JURISPRUDENCIA SOBRE INCONSTITUCIONALIDAD DE UNA LEY. EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA SE ENCUENTRA OBLIGADO A APLICARLA, SIEMPRE QUE SEA PROCEDENTE, AL JUZGAR LA LEGALIDAD DE UN ACTO O RESOLUCIÓN FUNDADOS EN ESA LEY.", sostuvo que la jurisprudencia emitida por ese Alto Tribunal, aun tratándose de inconstitucionalidad de leyes, es obligatoria para el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. En este sentido, las Salas del referido tribunal no suplen la deficiencia de la queja si fundan sus determinaciones en una jurisprudencia emitida por nuestro Máximo Tribunal, aunque no exista concepto de impugnación a ese respecto, pues al ser la jurisprudencia garante del principio de supremacía constitucional, su aplicación es obligatoria para los tribunales administrativos y, por tanto, una resolución emitida en...

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