Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Diciembre de 2006 (Tesis num. I.3o.T.150 L de Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-12-2006 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.3o.T.150 L
Fecha de publicación01 Diciembre 2006
Fecha01 Diciembre 2006
Número de registro173712
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

La cláusula 57 del Contrato Colectivo de Trabajo, bienio 1997-1999, que rige en el Instituto Mexicano del Seguro Social, señala que tratándose de trabajadores separados por invalidez, la prima de antigüedad se cubrirá en términos de lo establecido en la Ley Federal del Trabajo, la cual en sus artículos 162, fracción II y 486 establecen, respectivamente, que para determinar el monto del salario se estará a lo dispuesto en los artículos 485 y 486; y que si el salario percibido por el empleado excede el doble del salario mínimo del área geográfica de aplicación al que corresponda al lugar de prestación del trabajo, se considerará esa cantidad como salario máximo, y si se realiza en áreas geográficas distintas, el sueldo máximo será el doble de los salarios mínimos respectivos. De donde se concluye que los...

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