Tesis Aislada, Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Diciembre de 2006 (Tesis num. I.9o.A.96 A de Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-12-2006 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.9o.A.96 A
Fecha de publicación01 Diciembre 2006
Fecha01 Diciembre 2006
Número de registro173830
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Procesal,Administrativa

Del artículo 35 de la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, se advierte que las partes podrán autorizar para recibir notificaciones en su nombre a cualquier persona con capacidad legal, la cual queda facultada para interponer recursos, ofrecer y rendir pruebas y alegar en la audiencia respectiva; asimismo, que la representación en juicio terminará en el momento de la revocación del nombramiento respectivo o, en su caso, hasta que haya sido ejecutada la sentencia correspondiente. Por otra parte, el numeral 87 de la ley en cita prevé la procedencia del recurso de apelación, sin que contenga un criterio restrictivo de interpretación en el sentido de que los autorizados por las partes...

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