Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro256780
MateriaDerecho Procesal,Administrativa

Aun cuando es cierto que el artículo 49 de la Ley de Vías Generales de Comunicación expresamente dispone que se otorgue la garantía de audiencia a los interesados, sin embargo, si en un caso la resolución reclamada se refiere a tarifas sobre la prestación de servicios al público en general, como lo son las relativas a maniobras de cargaduría, es imposible oír previamente a todos los usuarios, particularmente considerados, pues esto entorpecería más allá de lo razonable, o aun haría imposible, la fijación de esas tarifas. En estos casos, la garantía de audiencia se satisface oyendo a las agrupaciones básicas de usuarios, cuando existan y sean realmente representativas, como puede ser la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio. Y, en todo caso, los particulares que utilicen el servicio...

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