Tribunal Superior de Justicia. Lineamientos para la inscripción de regulaciones, prestaciones de trámites y servicios que brindan los órganos no jurisdiccionales y administrativos del poder judicial del Estado de Tlaxcala.

Fecha de publicación09 Febrero 2022
Número de Gaceta6-3ª SECC
De acuerdo con el artículo 61, la fracción III del artículo 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala, el Consejo de la Judicatura es un órgano autónomo del Poder Judicial del Estado, con autonomía técnica y de gestión, así como para emitir sus acuerdos y resoluciones, teniendo –entre otras-, las siguientes atribuciones: Expedir acuerdos generales para el ejercicio de sus funciones administrativas incluyendo los relativos a la carrera judicial, por lo que en uso de sus atribuciones constitucionales y legales estima conducente establecer los lineamientos para la prestación de trámites y servicios que llevan a cabo los diversos Órganos Jurisdiccionales y Administrativos del Poder Judicial del Estado para la integración del Catálogo de Regulaciones, Trámites y Servicios

OBJETIVO Los presentes lineamientos tienen el propósito de establecer y delimitar los trámites y servicios que ofrecen las distintas áreas no jurisdiccionales y administrativas del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala con la finalidad de brindar a la ciudadanía seguridad jurídica y transparencia en cumplimiento al marco regulatorio vigente y al mismo tiempo fomentar el uso de tecnologías de la información que permitan facilitar el acceso a los mismos.

Así mismo, se detallan los requisitos necesarios de las regulaciones que sirven de base para el desarrollo de las funciones realizadas en cada área del Poder Judicial, y que deberán inscribirse en el Catálogo Nacional.

MARCO JURÍDICO  Constitución Política de los Estados Unidos MexicanosConstitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala  Ley General de Mejora Regulatoria  Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios  Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala  Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tlaxcala  Reglamento del Consejo de la Judicatura del Estado de Tlaxcala  Manual de Organización del Departamento del Archivo Judicial  Manual de Organización y Operación de Tesorería  Manual de Organización de la Secretaria General de Acuerdos del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala  Manual de Organización del Centro Estatal de Justicia Alternativa del Estado de Tlaxcala LINEAMIENTOS PARA INSCRIPCIÓN DE REGULACIONES, LA PRESTACIÓN DE TRÁMITES Y SERVICIOS QUE BRINDAN LOS ÓRGANOS NO JURISDICCIONALES Y ADMINISTRATIVOS DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objetivo del presente acuerdo Los presentes lineamientos tienen como objetivo regular la prestación de los trámites y servicios que ofrecen los órganos no jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala, así como la inscripción de regulaciones para la integración del Catálogo de Regulaciones Trámites y Servicios, así como la inscripción de regulaciones expedidas.

Artículo 2. Estos lineamientos son aplicables a las y los servidores públicos del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala, en la prestación de los diversos trámites y servicios a su cargo.

Los trámites y servicios ofrecidos por el Poder Judicial del Estado de Tlaxcala serán publicados en los diferentes medios de difusión, y estarán inscritos en el Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios, siendo éste una herramienta tecnológica que compila las regulaciones, trámites y servicios de los sujetos obligados, con el objeto de otorgar seguridad jurídica a las personas, dar transparencia y fomentar el uso de tecnologías de la información, tiene el carácter de público y la información que contenga será vinculante.

CAPÍTULO SEGUNDO DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS Artículo 3. El Archivo General del Poder Judicial, prestará el siguiente servicio: I. Consulta de expedientes, procesos, y tocas Artículo 4. Para obtener el servicio de consulta de expedientes, procesos y tocas en el Archivo General del Poder Judicial corresponde lo siguiente: I. Requisitos: a) Acreditar su interés legítimo en el documento o expediente de que se trate.

b) Contar con los datos necesarios de identificación del instrumento a consultar.

II. El plazo de resolución será inmediato, en su caso, de no contar con el instrumento buscado; se dará respuesta en un término de ocho días hábiles de acuerdo a la carga de trabajo; III. No hay monto de pago derechos o aprovechamientos aplicables por el servicio otorgado.

Artículo 5. La Secretaría Ejecutiva, a través del Departamento de Recursos Humanos prestará los siguientes trámites: I. Expedición de constancias de Antigüedad II. Registro en la Bolsa de Trabajo.

Artículo 6. Requisitos de la Expedición de constancias de Antigüedad, tiempo de respuesta y pago de aprovechamientos.

a) Presentar identificación oficial b) Presentar escrito de...

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