Acuerdo General de Administración V/2004, del treinta y uno de mayo de dos mil cuatro, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se establecen los requisitos y los procedimientos para la creación de plazas, el otorgamiento de nombramientos y de licencias de los servidores públicos de este ...

Fecha de disposición16 Junio 2004
Fecha de publicación16 Junio 2004
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
SecciónPRIMERA. Poder Judicial

ACUERDO General de Administración V/2004, del treinta y uno de mayo de dos mil cuatro, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se establecen los requisitos y los procedimientos para la creación de plazas, el otorgamiento de nombramientos y de licencias de los servidores públicos de este Alto Tribunal, salvo los de sus salas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.

ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACION V/2004, DEL TREINTA Y UNO DE MAYO DE DOS MIL CUATRO, DEL COMITE DE GOBIERNO Y ADMINISTRACION DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS Y LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA CREACION DE PLAZAS, EL OTORGAMIENTO DE NOMBRAMIENTOS Y DE LICENCIAS DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE ESTE ALTO TRIBUNAL, SALVO LOS DE SUS SALAS.

El Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, integrado por los señores Ministros Mariano Azuela Güitrón, Sergio Salvador Aguirre Anguiano y Juan Díaz Romero, con fundamento en el punto tercero del Acuerdo Plenario 2/2003 relativo a la creación, atribuciones, funcionamiento e integración de los comités del propio Tribunal Pleno, y

CONSIDERANDO:

PRIMERO. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene, entre otras atribuciones, la de nombrar los comités que sean necesarios para la atención de los asuntos de su competencia;

SEGUNDO. Que el veinte de enero de dos mil tres, el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió el Acuerdo General 2/2003, relativo a la creación, atribuciones, funcionamiento e integración de los comités del propio Tribunal Pleno, en cuyos puntos primero y tercero se creó el Comité de Gobierno y Administración y se estableció que dicho Comité se ocupará del ejercicio presupuestal, así como de todas las cuestiones que no sean competencia de los otros comités;

TERCERO. Que en términos de lo previsto en el artículo 14, fracción XIX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación está facultado para emitir las disposiciones generales necesarias para determinar el ingreso, los estímulos, la capacitación, los ascensos o promociones por escalafón y remoción del personal administrativo de este Alto Tribunal, atribución que ejerce al seno del Comité de Gobierno y Administración;

CUARTO. Que el tres de febrero de dos mil cuatro, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó el Acuerdo General 2/2004, en cuyos puntos segundo y cuarto se establece que sólo podrán crearse plazas por el Pleno a proposición del Comité de Gobierno y Administración; y, que los nombramientos respectivos se realizarán por este Comité, correspondiendo al Presidente de este Alto Tribunal firmar el documento en el que conste la designación con las especificaciones que se requieran;

QUINTO. Que el dieciséis de febrero de dos mil cuatro, el Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió el Acuerdo General de Administración II/2004, por el que se vincula a las diversas áreas de este Alto Tribunal, diferentes a sus Salas, con los respectivos Comités de Ministros, en cuyos puntos quinto y sexto se estableció que la creación de plazas y los nombramientos serían propuestos por el titular respectivo al Comité correspondiente para que éste, a su vez, los someta al Comité de Gobierno y Administración para los efectos precisados en el punto segundo del Acuerdo General Plenario 2/2004;

SEXTO. Que los artículos 5o., fracción IV, 6o., 12, 15, 63 y 64 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; y, 180 y 182 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen qué requisitos deben cumplir los nombramientos de los trabajadores de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación; cuándo serán de base o de confianza, atendiendo a las funciones realizadas; la clasificación de los nombramientos tomando en cuenta su temporalidad; y, los derechos que asisten a esos servidores públicos en razón del nombramiento otorgado;

SEPTIMO. Que conforme a lo previsto en la fracción IX del artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, al Presidente de este Alto Tribunal corresponde conceder licencias a los servidores públicos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación atendiendo a lo previsto en ese mismo ordenamiento, facultad que es conveniente se ejerza, dependiendo de la naturaleza de la licencia, al seno de los Comités de Ministros creados en el Acuerdo General Plenario 2/2003 o a través del titular del órgano respectivo; y,

OCTAVO. Que con el fin de pormenorizar lo dispuesto en el Acuerdo General Plenario 2/2004, resulta necesario establecer los requisitos y los procedimientos para la creación de plazas y el otorgamiento de nombramientos de los servidores públicos adscritos a los órganos de este Alto Tribunal, diversos a sus Salas.

Por lo expuesto, y con fundamento en las citadas disposiciones legales, se expide el siguiente

ACUERDO:

CAPITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERO. Este Acuerdo tiene por objeto establecer los requisitos y los procedimientos para la creación de plazas, el otorgamiento de nombramientos y licencias de los servidores públicos de los órganos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, salvo los de sus Salas. A falta de disposición expresa se aplicarán supletoriamente la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B, del Artículo 123 constitucional.

SEGUNDO. Para efectos de este Acuerdo se entenderá por:

  1. Acuerdo General Plenario 2/2004: Acuerdo número 2/2004, del tres de febrero de dos mil cuatro, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sobre la creación de plazas, ocupación de las mismas y seguridad en el trabajo del personal de este Alto Tribunal;

  2. Acuerdo General de Administración II/2004: Acuerdo General de Administración II/2004, del dieciséis de febrero de dos mil cuatro, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se vincula a las diversas áreas de este Alto Tribunal, diferentes a sus Salas, con los Comités creados en el Acuerdo General Plenario 2/2003;

  3. Asuntos Jurídicos: La Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;

  4. Comités: Comités de Ministros creados en el Acuerdo General Plenario 2/2003;

  5. Desarrollo Humano: La Dirección General de Desarrollo Humano de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;

  6. Nombramiento definitivo: El que se otorga por un plazo indefinido para cubrir una plaza definitiva vacante;

  7. Nombramiento interino: El que sustituye al titular de una vacante definitiva o temporal por un plazo de hasta seis meses;

  8. Nombramiento por obra determinada: El que se otorga con objeto de cubrir una plaza temporal vacante por el tiempo necesario para realizar la labor específica que motivó la creación de aquélla;

  9. Nombramiento provisional: El que se otorga por un plazo mayor a seis meses para cubrir una plaza que quedó vacante por causa de una licencia;

  10. Nombramiento por tiempo fijo: El que se otorga en una plaza temporal por un periodo previamente definido;

  11. Oficialía Mayor: La Oficialía Mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;

  12. Organos de la Suprema Corte: La Secretaría General de Acuerdos, la Secretaría General de la Presidencia, la Subsecretaría General de Acuerdos, la Unidad de Controversias y de Acciones de Inconstitucionalidad, la Oficialía Mayor y cada una de sus unidades administrativas, la Contraloría y la Dirección General de Asuntos Jurídicos, todas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;

  13. Plaza: La unidad presupuestal, establecida en número variable, dentro de cada puesto;

  14. Plaza definitiva: La que se crea para el ejercicio de las atribuciones que deben desarrollarse por un tiempo indefinido y en forma permanente;

  15. Plaza temporal...

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