¿Los tratamientos dermatológicos realizados por personas físicas están gravados con el IVA?

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Laboro como contador independiente. En días pasados, una persona física que se dedica a la comercialización de refacciones automotrices mediante el régimen de las actividades empresariales y profesionales, me comentó que acudió a que le realizaran un tratamiento dermatológico debido a que tenía una verruga en un brazo, por el cual el médico dermatólogo que le trató el problema le cobró honorarios, pero no le desglosó el IVA.

Tengo duda si en estos casos se debe causar el impuesto referido.

Lector de Ciudad de México

En este caso, no, por lo siguiente:

El artículo 1o., fracción II, de la Ley del IVA dispone lo siguiente:

1o. Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:

  1. Presten servicios independientes.

A su vez, el artículo 15, fracción XIV, de la Ley del IVA señala lo siguiente (énfasis añadido):

15. No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:

XIV. Los servicios profesionales de medicina, cuando su prestación requiera título de

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médico conforme a las leyes, siempre que sean prestados por personas físicas, ya sea individualmente o por conducto de sociedades civiles.

Por su parte, el artículo 41 del Reglamento de la Ley del IVA indica lo siguiente (énfasis añadido):

41. Para los efectos del artículo 15, fracción XIV de la Ley, los servicios profesionales de medicina por los que no se está obligado al pago del impuesto, son los de médico, médico veterinario o cirujano dentista, siempre que cumplan con los requisitos que establece la Ley.

De las disposiciones anteriores destaca lo siguiente:

1. Están obligadas al pago del IVA, entre otras, las personas físicas que...

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