Trabajos especiales regulados por la LFT. Disposiciones aplicables (Segunda y última parte)

Páginas1-13
Trabajos especiales regulados
por la LFT. Disposiciones apli-
cables (Primera parte)
Taller de prácticas, sección
Laboral – edición 952
mÁS DeL temA
Trabajos especiales
regulados por la LFT.
Disposiciones aplicables
(Segunda y última parte)
Introducción
La LFT reconoce diversas actividades que por su natu-
raleza exigen normas especiales para su mejor desen-
volvimiento.
Al respecto, el artículo 181 de la LFT dispone que los
trabajos especiales se rigen por las normas del título
sexto, y por las generales de la propia ley, en cuanto no
las contradigan; esto significa que las personas dedica-
das a actividades especiales se consideran trabajado-
res en la acepción plena del término; por consiguiente,
les son aplicables todas las disposiciones del artículo
123 de la CPEUM.
De esta forma, dentro de las relaciones laborales es-
peciales, reguladas en forma específica por la LFT, se
encuentran las siguientes:
1. Trabajadores de confianza.
2. Trabajadores en buques.
3. Trabajadores de tripulaciones aeronáuticas.
4. Trabajadores de ferrocarriles.
5. Trabajadores de autotransportes.
6. Trabajadores de maniobras de servicio públi-
co en zonas bajo jurisdicción federal.
7. Trabajadores del campo.
8. Agentes de comercio y otros semejantes.
Taller de prácticas LABORAL
C1
1a. quincena
octubre 2022

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