Trabajadores de confianza, significado del concepto 'carácter general' referido a las funciones que desempeñan. Tesis de Tribunal Colegiado

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El empleado de confianza es la persona que desempeña el trabajo que atañe a la seguridad, eficacia y desarrollo económico o social de una empresa o establecimiento y que conforme a las atribuciones que le otorgan, actúa bajo una representación patronal.

Según el artículo 9o. de la LFT, la categoría de trabajador de confianza depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se dé al puesto.

Además, el segundo párrafo del mismo artículo establece dos supuestos por los que un trabajador tendrá la calidad de confianza, de acuerdo con lo siguiente:

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En relación con el numeral 1, las funciones que se describen son de confianza cuando tengan "carácter general"; sin embargo, la LFT no especifica el significado de dicho carácter.

Al respecto, el Décimo Tercer Tribunal Colegiado en materia de Trabajo del Primer Circuito emitió la tesis aislada

I.13o.T.196 L (10a.) en la que señala que gramaticalmente la acepción de la palabra "general" se refiere, por un lado, a la totalidad de un grupo o cosa, que está fraccionada o que puede fraccionarse y, por otro, contiene un significado indeterminado, sin especificar, ni individualizar. En este contexto, conforme a la redacción del artículo 9o., segundo párrafo, de la LFT, al indicar que las funciones de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización son de confianza cuando tengan "carácter general", no se constriñe a que deban desplegarse en todas las áreas de una empresa o establecimiento, sino que también se refiere a que, en sí mismas, de manera fraccionada e indeterminada, se desarrollen dentro de un área específica. Lo anterior es así, porque en caso de que en una empresa o establecimiento haya varias áreas de trabajo, en cada una de ellas se encomiendan funciones de dirección, inspección, vigilancia y/o fiscalización, enfocadas a un departamento o centro de trabajo, que tienen "carácter general", circunscritas a esa área en particular.

La tesis es la siguiente:

TRABAJADORES DE CONFIANZA. SIGNIFICADO DEL CONCEPTO "CARACTER GENERAL" PREVISTO EN EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 9o. DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. El segundo párrafo del artículo 9o. de la Ley Federal del Trabajo establece dos supuestos en que un trabajador tiene la calidad de confianza: 1) que realice funciones de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter general; y, 2) cuando sus actividades se relacionen con trabajos...

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