¿Una persona física con actividades empresariales puede deducir en su totalidad en el ISR los intereses pagados por la adquisición de un automóvil parcialmente deducible?

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Soy contador independiente. Uno de mis clientes es una persona física que se dedica a la comercialización de herramientas en general y que tributa en el ISR en el régimen de las actividades empresariales y profesionales. En días pasados, el contribuyente adquirió a crédito un automóvil que utilizará en la realización de sus operaciones. Debido a que el precio del automóvil es superior a $175,000, el mismo es parcialmente deducible de tal impuesto; sin embargo, tengo duda si los intereses que se paguen por la compra del bien serán deducibles en su totalidad en el ISR, o bien, se deberán deducir en la proporción en que el automóvil lo sea.

Lector de México, DF

Pregunta

¿Una persona física con actividades empresariales puede deducir en su totalidad en el ISR los intereses pagados por la adquisición de un automóvil parcialmente deducible?

Respuesta

En relación con el ISR, el artículo 123, fracciones III y V, de la ley de la materia especifica lo siguiente (énfasis añadido):

  1. Las personas físicas que obtengan ingresos por actividades empresariales o servicios profesionales, podrán efectuar las deducciones siguientes:

    1. Los gastos.

    2. Los intereses pagados derivados de la actividad empresarial o servicio profesional, sin ajuste alguno, así como los que se generen por capitales tomados en préstamo siempre y cuando dichos capitales hayan sido invertidos en los fines de las actividades a que se refiere esta Sección.

    Por su parte, el artículo 126 de la Ley del ISR señala lo siguiente:

  2. Los contribuyentes a que se refiere esta Sección, considerarán los gastos e inversiones no deducibles del ejercicio, en los términos del artículo 32 de esta Ley.

    Al respecto, el artículo 32, fracción II, de la Ley del ISR estipula lo siguiente (énfasis añadido):

  3. Para los efectos de este Título, no serán deducibles:

    1. Los gastos e inversiones, en la proporción que representen los ingresos exentos respecto del total de ingresos del contribuyente. Los gastos que se realicen en relación con las inversiones que no sean deducibles conforme a este Capítulo. En el caso de automóviles y aviones, se podrán deducir en la proporción que represente el monto original de la inversión deducible a que se refiere el artículo 42 de esta Ley, respecto del valor de adquisición de los mismos.

    Asimismo, el artículo 125, último párrafo, de la Ley del ISR indica lo siguiente (énfasis añadido):

  4. Las deducciones autorizadas en esta Sección, además de cumplir con los requisitos...

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