Cuando en la declaración del ejercicio de las personas físicas de 2004 se toma la opción de compensación y no se tienen saldos a cargo para aplicarla, ¿se puede cambiar de opción?

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Soy contador independiente y la mayoría de mis clientes son personas físicas. El pasado mes de abril presenté la declaración del ejercicio de 2004 de una persona física que tiene ingresos por la prestación de servicios personales subordinados, en la que resultó saldo a favor por un monto considerable. Debido a un descuido, en la declaración se indicó erróneamente que dicho monto se recuperaría vía compensación; sin embargo, por tratarse de un contribuyente que únicamente percibe los ingresos antes señalados, y como en este caso el empleador es el que tiene la obligación de hacer los pagos provisionales mensuales y de enterarlos vía retención, no hay posibilidad de compensar el saldo a favor declarado.

En un curso que tomé sobre la nueva Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), se hizo un comentario respecto a que esta resolución dispone que se cambie la opción de compensación a la de devolución.

Lector de Oaxaca, Oaxaca

Pregunta

Si en la declaración del ejercicio de una persona física se indica que el saldo a favor se recuperará vía compensación, ¿puede cambiarse posteriormente la opción señalada a la de devolución?

Respuesta

La regla 2.2.8 de la RMF para 2005-2006 indica que cuando las personas físicas marquen erróneamente el recuadro de compensación en la declaración del ejercicio, dado que no tendrán impuestos a cargo contra los cuales compensar el saldo a favor declarado, podrán...

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