Tesis num. XXX.3o.5 K (11a.) de Tercer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, 10-02-2023 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación10 Febrero 2023
MateriaComún
EmisorTercer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito
Localizador[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación
Hechos

Una persona promovió un segundo juicio de amparo en defensa de un inmueble y para acreditar su interés jurídico ofreció copias simples del acto traslativo de dominio de dicho bien raíz, a diferencia del primer litigio constitucional, en donde las aportó certificadas por notario público y, con base en ellas, sí se le tuvo por demostrado dicho interés.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que aunque en un primer juicio de amparo indirecto se haya tenido por acreditado al quejoso su interés jurídico para acudir a la instancia constitucional en defensa de un inmueble; ello no resulta dable hacerlo, en vía de hecho notorio, en un segundo amparo, cuando en éste la parte quejosa sólo aportó copias simples para ello, pues es un presupuesto fundamental de la acción constitucional y, además, una carga procesal del peticionario.

Justificación: Lo anterior, porque aun cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha definido que las versiones electrónicas de las sentencias que han sido capturadas en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE) constituyen hechos notorios para los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación; lo cierto es que esa circunstancia no releva al quejoso de acreditar, de forma directa y fehaciente en el juicio de amparo, el interés jurídico para defender un inmueble, pues aunque se haya tratado del mismo bien por el cual promovió un primer litigio constitucional y en éste sí se le tuvo por acreditado dicho interés, lo determinante es que el propio quejoso no deja de tener la carga procesal para la satisfacción de ello en el litigio en que se actúa, la cual únicamente corresponde a él y no al Juez de amparo; siendo que para tal efecto aquél pudo haber solicitado el cotejo o la compulsa de los documentos...

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