Tesis num. XXX.3o.14 C (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, 12-11-2021 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación12 Noviembre 2021
MateriaComún
EmisorTercer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito

El artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo establece que puede tener el carácter de tercero interesado, la contraparte del quejoso cuando el acto reclamado emane de juicios del orden judicial, administrativo o del trabajo; sin embargo, dadas las características y naturaleza de las que están dotados los procedimientos relativos a los juicios de alimentos, al demandado que no ha sido emplazado no le reviste ese carácter para efectos del juicio de amparo indirecto, ya que todavía no es parte en el juicio natural y generaría una alteración a los fines que se persiguen, pues de sus particularidades se advierte que son juicios que se inician sin audiencia del deudor y se emite una resolución con efectos de mandamiento en forma, cuyo objeto es garantizar el cumplimiento de la obligación de pago evitando que el obligado dilapide sus bienes, por lo que, darle participación en el juicio de amparo provocaría que los procedimientos especiales, como los citados, dejaran de ser secretos, alterando su finalidad.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGÉSIMO CIRCUITO.

Queja 121/2020. 25 de febrero de 2021. Unanimidad de votos. Ponente...

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