Tesis num. PC.II.P. J/10 P (10a.) de Pleno en Materia Penal del Segundo Circuito, 04-06-2021 (Contradicción de Tesis)

Fecha de publicación04 Junio 2021
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaComún, Penal
EmisorPleno en Materia Penal del Segundo Circuito

Hechos: Los órganos jurisdiccionales contendientes, al resolver el incidente de suspensión (revisión), analizaron una misma problemática jurídica y arribaron a posicionamientos contrarios, toda vez que para uno de ellos, en tratándose del auto de vinculación a proceso, la suspensión en el juicio de amparo indirecto no procede, pues considera que no trae implícita la aplicación de alguna medida cautelar para la afectación de la libertad dentro del procedimiento del orden penal, mientras que para el otro, es procedente conceder la suspensión del acto reclamado, porque es un acto que afecta la libertad personal.


Criterio jurídico: Este Pleno de Circuito determina que, procede conceder la suspensión contra el auto de vinculación a proceso.


Justificación: Lo anterior, porque la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 1a./J. 101/2012 (10a.), de rubro "AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO. AL AFECTAR TEMPORALMENTE LA LIBERTAD DEL INCULPADO SE ACTUALIZA UNA EXCEPCIÓN AL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD Y, POR TANTO, EN SU CONTRA PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO.", estableció que el hecho de que a una persona se le vincule a un proceso penal implica una afectación a su libertad, al menos parcialmente, en la medida en que su prosecución requiere de su ineludible presencia como presupuesto de continuidad, pues se le obliga a comparecer en los plazos o fechas indicados las veces que resulte necesario para garantizar el seguimiento del proceso penal. Así, aun cuando esa determinación no lo priva, en sí misma y directamente de su...

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