Tesis num. III.2o.C. J/4 K (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 14-05-2021 (Reiteración)

Fecha de publicación14 Mayo 2021
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaComún
EmisorSegundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito

Conforme al artículo 113 de la Ley de Amparo, el requisito fundamental para que pueda desecharse de plano una demanda de amparo indirecto, es la existencia de una causal manifiesta e indudable de improcedencia, condición que no se actualiza cuando se reclame la sentencia de segunda instancia que deja insubsistente la de primera y ordena reponer el procedimiento natural por la existencia de un litisconsorcio pasivo necesario, porque para determinar si dicha resolución es o no de imposible reparación, resulta indispensable realizar un examen ponderado de las consecuencias que se producen en cada caso concreto en relación con las personas, cosas y derechos en la litis de origen, para lo cual se requerirá de un análisis profundo, exhaustivo y complejo de las actuaciones del juicio, su naturaleza y consecuencias jurídicas que de ellas se derivan, lo cual no es procedente llevar a cabo al momento de proveerse sobre la admisión de la demanda, al tratarse de un estudio propio de la sentencia que llegare a dictarse.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

Queja 7/2017. R.G.R.. 3 de febrero de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: V.M.F.J.. Secretaria: M.L.L.I..


Queja 121/2017. A.A.V.. 19 de mayo de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: V.M.F.J.. Secretario: A.C.R..


Queja 346/2017. Salvador C.C.. 27 de noviembre de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: V.M.F.J.. Secretario: A.C.R..


Queja 133/2019. P.C.D.. 8 de agosto de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: V.J.Q.. Secretario: A.M.Á..


Queja 228/2019. 19 de septiembre de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: V.J.Q.. Secretario: D.G.N..


Nota: En relación con el alcance de la presente tesis, destacan las diversas jurisprudenciales P./J. 17/91, de rubro: "AMPARO INDIRECTO. PARA LOS EFECTOS DE SU PROCEDENCIA CONTRA LA SENTENCIA DE SEGUNDO GRADO QUE DEJA INSUBSISTENTE LA DE PRIMERA INSTANCIA Y ORDENA LA...

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