Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro811508
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo
EmisorPleno

El derecho que concede la Ley de 6 de Enero de 1915 para que los que se crean perjudicados con las resoluciones que dicte el Ejecutivo, sobre dotación o restitución de tierras, puedan ocurrir a los tribunales a deducir sus derechos, dentro del plazo que la misma ley fija, es razón bastante para que los dueños de tierras no puedan alegar que se les despoja sin haber sido oídos.

Amparo administrativo en revisión. G.A.. 28 de agosto de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: B.F. y J.M.M. y A.A.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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