Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Noviembre de 1992 (Tesis num. P. XC/92 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-11-1992 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 205606 |
Número de resolución | P. XC/92 |
Fecha de publicación | 01 Noviembre 1992 |
Fecha | 01 Noviembre 1992 |
Localizador | 8a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; 59, Noviembre de 1992; Pág. 31 |
Emisor | Pleno |
Materia | Constitucional,Derecho Constitucional |
El Pleno de esta Suprema Corte de Justicia ha sostenido que las autoridades legislativas están obligadas a instituir en las leyes los procedimientos necesarios para que se conceda a los gobernados la oportunidad de ser escuchados en su defensa: "AUDIENCIA GARANTIA DE. OBLIGACIONES DEL PODER LEGISLATIVO FRENTE A LOS PARTICULARES". Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, Primera Parte, 1917-1988. Sin embargo, la garantía de audiencia está condicionada a la existencia previa de un derecho, del cual se pueda privar a los particulares. Por ello, la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de México no viola la garantía de audiencia al no establecer un procedimiento tendente a escuchar a quienes solicitan licencia para uso de suelo, antes de que ésta se les niegue, puesto que, hasta ese momento sólo tienen una expectativa de derecho a la licencia, el cual se materializa, hasta que la autoridad administrativa resuelva positivamente la solicitud respectiva.
Amparo en revisión 1105/91. H., S.A. 18 de junio de 1992. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: J.T.L.C.. Secretario: S.P.G..
El Tribunal Pleno en su sesión privada celebrada el martes veinte de octubre en curso, por unanimidad de dieciocho votos de los señores ministros P.U.S.O., C. de S.N., J.T.L.C., M.M.G., N.C.L., F.L.C., L.F.D., J.A.L.D., S.A.L., I.M.C. y M.G., C.G. de L., A.G.M., J.M.V.L., F.M.F., C.G.V., M.A.G., J.D.R. y S.H.C.G.: aprobó, con el número XC/92, la tesis que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. Ausentes: I.M.C. y V.A.G.. México, Distrito Federal, a veintiuno de octubre de mil novecientos noventa y dos.
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 28-04-2006 ( AMPARO EN REVISIÓN 708/2006 )
...positivamente la solicitud respectiva.” (Octava Época, P., Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, tomo 59, Noviembre de 1992, tesis P. XC/92, página 31). Criterio similar sostuvo la Primera Sala de esta Suprema Corte, que esta Segunda Sala comparte, en la tesis cuyo texto, rubro y ......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 01-06-2005 (AMPARO EN REVISIÓN 1699/2004)
...adelante: “Octava Época Instancia: Pleno Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Tomo: 59, Noviembre de 1992 Tesis: P. XC/92 Página: 31 LEY DE ASENTAMIENTOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO. NO VIOLA LA GARANTÍA DE AUDIENCIA AL OMITIR EL ESTABLECIMIENTO DE UN PROCEDIMIENTO PREVIO......
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Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 1576 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))
...S.P.G.. Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, número 59, noviembre de 1992, página 31, Pleno, tesis P. XC/92....